Opinión

Defensa Civil o acoso municipal

Por: Antero Flores-Araoz

Por disposición legal, cada dos años los establecimientos abiertos al público, centros comerciales, fábricas, tiendas, oficinas administrativas, consultorios profesionales y muchísimos otros locales, deben pasar inspección municipal de los especialistas en Defensa Civil, previa a la renovación del correspondiente certificado, indispensable para continuar con las actividades regulares que se efectúan en dichos establecimientos.

Lo dicho es bastante conocido y no habría motivo alguno para esta columna periodística, si es que no hubiese abusos y, diría que casi acoso de la administración municipal, cuyos inspectores cada vez que efectúan su revisión, encuentran supuestas transgresiones que de inmediato dejan constancia para su subsanación.

Lo curioso es que no hay un inventario normativo, que señale todas las exigencias de Defensa Civil, por lo cual cada dos años nos encontramos que hay supuestas deficiencias que dos años atrás nadie advirtió y, no se advirtió porque simplemente no había nada que advertir. Parecería ser que en las nuevas visitas de inspección siempre se quiere noticiar de supuestas infracciones, lo que se convierte en una barrera administrativa que genera perjuicios y problemas a los emprendimientos.

Todos tenemos que reconocer que es muy loable la preocupación del Estado, que para ello creó al INDECI, a fin de prevenir siniestros que afecten la salud e integridad de trabajadores y visitantes, así como la seguridad de los establecimientos. Sin embargo, una cosa es prevenir y otra perturbar la tranquilidad de los establecimientos, estén o no abiertos al público.

Incluso, entre las municipalidades encargadas de las inspecciones de defensa civil y de extender los certificados de renovación de la autorización, exigen requisitos diferentes. Es necesaria su homologación.

Para corregir lo antes mencionado, sería atendible que, a través de la normatividad de Defensa Civil, se apruebe un inventario de las exigencias, sean según el tipo de establecimiento, según la antigüedad de la edificación o, según las mayores o menores posibilidades de siniestros.

En esa forma, no se dejaría a la discrecionalidad de inspectores, las exigencias y requisitos que tendrían que cumplir los administrados, para pasar las revisiones de Defensa Civil.

Francamente, daría la impresión de que hay regocijo de ciertos inspectores cuando se les ocurre alguna genialidad, que no fue señalada en la inspección anterior. El nuevo inspector te indica: ¿Qué raro que en la anterior inspección no se dieron cuenta? Y no es que no se dieran cuenta, sino que no había nada que darse cuenta ni observar. Solo se puede comprender ése errático proceder, con la actitud de los nuevos inspectores que quieren justificar su actuación y quizás, ganarse la buena voluntad de sus superiores haciendo mérito a costa de la indignación, enojo y fastidio de los administrados.

Lo cierto es que las entidades gremiales empresariales, deberían hacer notar lo señalado en representación de sus asociados e incluso, dar cuenta de ello a la reciente creada Comisión Gubernamental Temporal, creada por Resolución Suprema N° 015-2024-PCM para identificar barreras burocráticas que podrían subsanarse. Esperemos que dicha Comisión no sea solo para finta.

(*) Expresidente del Consejo de Ministros

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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