Opinión

Renovación del Tribunal Constitucional

Por: Antero Flores-Araoz

El Tribunal Constitucional fue creado por la Constitución de 1993 y tuvo como antecedente al Tribunal de Garantías Constitucionales originado en la Constitución de 1979, al que sustituyó, dado que ambos tenían por principalísima misión el control de la Constitución, esto es que se cumplan sus disposiciones, dentro de las cuales se encuentra el régimen legal de nuestro país, en un sistema republicano y democrático con respeto al estado constitucional de Derecho. Igualmente tiene competencia para declarar la inconstitucionalidad de normas que colisionen con la Constitución, las que expulsa del ordenamiento legal.

Dentro de sus características se encuentra el ser autónomo e independiente, compuestos por siete miembros que debe elegir el Congreso de la República por cinco años, con el voto favorable de los dos tercios del número legal de parlamentarios, o sea que se requiere del voto de por lo menos 87 congresistas. De los actuales miembros del Tribunal Constitucional, seis tienen mandato vencido desde hace dos años y medio, aproximadamente, y solo uno cuenta con mandato vigente, por lo cual el Congreso está en falta al no haber elegido a los seis, que no pueden retirarse de sus funciones mientras no tengan reemplazantes.

El Congreso no solo tiene la facultad o atribución de nombrar a los magistrados constitucionales, sino que ello es una obligación que no debería eludir ni postergar. En el 2019 el Congreso anterior inició el trámite y empezó a elegirlos, lo que motivó presentación de cuestión de confianza irregular e ilegítima ejercida indebidamente por el en ese entonces Presidente del Consejo de Ministros, a instancias del anterior Presidente de la República: Martin Vizcarra. Lo sucedido es ampliamente conocido ya que fue disuelto írritamente el Parlamento, se convocó a elecciones parlamentarias para completar el período del Congreso cesado y se interrumpió la renovación del Tribunal Constitucional.

El actual Parlamento inició nuevamente la tarea de elegir a nuevos seis miembros del TC, pero habiendo realizado un concurso público, con bases establecidas y con una comisión congresal especial que llevase el proceso, la cual presentó al Pleno del Congreso la puntuación de cada postulante y el orden de méritos. Penosamente se alzaron voces, dentro y fuera del Parlamento, cuestionando el proceso, pese a que era absolutamente legal.

Los cuestionamientos fueron en el sentido que se trataba de una “repartija” entre algunas de las bancadas parlamentarias y que se debería esperar para la tarea la instalación del nuevo Congreso elegido por el voto popular el pasado 11 de abril. Lo cierto es que la mencionada aseveración no tiene sentido, pues en el Congreso se requiere del diálogo y la concertación para tomar decisiones, lo que no sería posible sin ello. Además, el próximo Parlamento estará muy fragmentado, lo que dificultaría tomar acuerdos y con el riesgo que continúe el actual TC a cuyos miembros se les impide apartarse de sus funciones.

Se adujo también que el actual Congreso quería tener un TC a su medida, empero lo único que se logra con la no elección de sus reemplazantes, es que personas de valía no quieran presentarse a nuevos procesos de selección, al recibir maltrato y sus nombres injustamente maltratados. Como cereza en torta una juez le ordena al Congreso no cumplir con su deber. Gran pena todo lo acontecido.

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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