Opinión

La importancia de las unidades de flagrancia

Por: Tullio Bermeo Turchi

La unidad de flagrancia delictiva es un modelo que estructura a las entidades de justicia de manera articulada, a fin de dar respuesta inmediata, eficaz, eficiente y transparente a los delitos flagrantes que atentan contra la seguridad ciudadana; siguiendo el procedimiento regulado por el Decreto Legislativo N° 1194.

Tiene su origen en 2016, cuando el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, mediante Resolución Administrativa N° 289-2016-CE-PJ, la creación de la primera unidad de flagrancia delictiva en el Distrito Judicial de Lima Sur, en el cual se instalaron órganos jurisdiccionales, fiscalías, despachos de Defensa Pública y efectivos de la Policía Nacional del Perú.

El esfuerzo del Poder Judicial por instalar unidades de flagrancias en todo el país sin embargo se vio obstaculizado por la falta de recursos de las demás instituciones judiciales que, si bien hacían esfuerzos para tramitar los procesos inmediatos, no lograron obtener recursos para dedicarse exclusivamente a los procesos; por lo que la lógica de las unidades de flagrancia delictiva no podría concebirse sin las demás instituciones, lo que originó una pausa a la tramitación de los procesos inmediatos.

Ante el incremento de la inseguridad ciudadana en el país (342 %), el Poder Judicial estableció que la mejor estrategia para combatirla es que las demás instituciones de justicia se encuentren unidas, por lo que mediante Resolución Administrativa N° 118-2022-CE-PJ, se decidió implementar el Plan Piloto de la Unidad de Flagrancia – Poder Judicial en el Distrito Judicial de La Libertad, el 1 de julio del 2022, y posteriormente se hizo el relanzamiento de la Unidad de Flagrancia Delictiva en el Distrito Judicial de Lima Sur. Asimismo, mediante las resoluciones administrativas Nº 123, 131 y 152-2023-CE-PJ, de fechas 4, 13 y 21 de abril de 2023, respectivamente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación de las Unidades de Flagrancia Delictivas en Lima, Lima Norte y Lima Este.

La falta de recursos del Poder Judicial originó que la instalación de las unidades de flagrancia en el resto del país se trunque.

El Ejecutivo consciente de la importancia de las unidades de flagrancia en la lucha con la inseguridad ciudadana, publicó el DS № 001-2021-JUS, mediante el cual los bienes incautados y decomisados por delitos en agravio del Estado y que son administrados por el Pronabi son asignados en uso temporal a instituciones públicas, sobre todo a aquellas que luchan contra la delincuencia, el crimen organizado y la inseguridad ciudadana, como son el Ministerio Público, el Poder Judicial, Ministerio del Interior, Procuraduría y Fuerzas Armadas.

Pese a la vigencia de este decreto supremo, el Pronabi no siempre atiende las solicitudes de las instituciones públicas que luchan contra la delincuencia, como es el caso de la Corte de Ucayali.

Esperamos que el Pronabi y algunos gobiernos regionales y locales apoyen esta causa que redundará en la disminución de seguridad ciudadana y lucha contra el crimen organizado en nuestras regiones.

(*) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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