Opinión

Una luz de esperanza para la continuidad de la Tercerización Laboral

Por: Julio César Palomino Meza

La publicación del Decreto Supremo No 001-2022-TR el 23 de febrero del año en curso, fue un regalo de la anterior Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo Betssy Chávez, quien siguiendo la línea de la famosa Agenda 19, se salió con la suya y modificó parcialmente la Ley de Tercerización Laboral.

Hoy ya no está Bettsy Chávez, pero ha dejó tremenda controversia y preocupación no solo en el sector empresarial, sino también en la masa trabajadora que podrían perder sus puestos de empleo, si es que el próximo mes de agosto entra en vigencia la referida norma.

Por medio del tan mentado Decreto Supremo No 001-2022-TR, reiteramos, se dispuso la prohibición de la tercerización de las actividades que estén relacionadas al núcleo del negocio de las empresas, y se otorgaba un plazo de 180 días para que las organizaciones empresariales o empleadores que tercerizaban servicios cumplan con adecuarse a dicha norma.

Definitivamente sacar adelante la Agenda 19 es una tarea que Maraví Olarte dejó en la censurada Ministra de Trabajo Betssy Chávez, y de seguro que también cumplirá el nuevo Titular Juan Lira Loayza.

Hace poco, se ha aprobado con 14 votos a favor, 2 en contra y cero abstención, en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e inteligencia Financiera, el Proyecto de Ley que deroga el D.S No 001-.2022-TR, el cual ponía fin a la tercerización en actividades nucleares de negocio de las empresas en nuestro país.

Se ha tomado como sustento del Proyecto de ley, que la limitación a la tercerización, no solo lesiona el derecho de libertad de empresa, sino además la libre contratación, y otros que resultan ser derechos fundamentales.

Ha quedado demostrado, que la posición de nuestras autoridades, es que nada les interesa que el país haya sufrido los avatares y golpes de la Pandemia por el Covid-19, y por ello gran parte del sector empleador ha tenido que cerrar operaciones, y otros se vienen sosteniendo del día a día sin una recuperación positiva a nivel financiero y laboral.

Sabemos que, hasta el día de hoy, la reactivación económica no se ha dado al cien por ciento, muchas empresas luchan por subsistir y otras simplemente han pasado a formar parte de un pretendido emprendimiento frustrado. La tercerización laboral nació como un complemento a la actividad empresarial, y ha sido bien utilizada por muchas empresas, generando puestos de trabajo formales y beneficiando a muchas familias de nuestro país, y solo cuando esta forma de subcontratación empresarial es mal utilizada debe ser fiscalizada y sancionada por la SUNAFIL.

Para entender algo más de la tercerización, cuando se habla de actividad principal, ésta resulta ser consustancial al giro propio de su negocio, por ejemplo, las actividades de las diferentes etapas del proceso productivo de bienes y de prestación de servicios, exploración, explotación, transformación, producción, organización administrativa, y toda actividad sin cuya ejecución se vería afectado el funcionamiento de la propia empresa no forman parte del núcleo del negocio, y por lo tanto si podrían seguir siendo tercerizadas, pero poner una limitación a tercerizar la actividad nuclear si podría ocasionar el cierre de muchas empresas.

Creemos más bien, que una modificatoria a la Ley de Tercerización, debería estar centrada a establecer nuevas rigurosidades y reglas de juego o lineamientos para evitar la desnaturalización de la misma, y que se lesionen los derechos sociales de los trabajadores.

Siempre existe una luz en el camino, y esperamos noticias en las próximas semanas.

Esta historia continuará….

Si deseas conocer más sobre este tema, puedes escribirnos a jpalomino@estudiojpalominoyasociados.com, al teléfono 997936073. Visita nuestras redes sociales www.estudiojpalominoyasociados.com, LinkedIn y Facebook como Julio César Palomino Meza.

(*) Abogado Laboralista

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

Related Articles

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

Back to top button