Opinión

No vacancia, sino revocatoria

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

Cuando me informaron que el actual Presidente constitucional de la República tenía un ejemplar consigo de mi libro “Bicentenario y Nueva Política para el Perú. De la democracia formal a la democracia sustancial” (Lima, 2021) y que estaba utilizando contenidos del mismo en su campaña electoral de segunda vuelta, como la crítica a toda forma de caudillismo y la propuesta de instaurar la revocatoria para los cargos de Congresista y de Presidente de la República, asumimos que su gobierno iba a convocar a diferentes sectores políticos y sociales para emprender la gran tarea de conducir políticamente los destinos del país durante los cinco años que dura el mandato presidencial del Poder Ejecutivo en el Perú.

También asumimos que su gobierno iba a plantear la introducción de la revocatoria para los cargos de Congresistas y Presidente de la República mediante la reforma constitucional correspondiente, pues era necesario dejar en claro quién manda en una verdadera democracia: el representado, que es la población, y no así los representantes.

Y es que los congresistas de la República no vienen a ser sino representantes de la población en toda democracia, que supera la mera apariencia de la democracia formal, por lo que no pueden ni deben tener el poder de vacar a un presidente constitucional de la República por la abstracta causal de incapacidad moral permanente, toda vez que la vacancia no es un juicio político, sino la constatación de una determinada realidad o condición, como puede ser la constatación de la muerte, de la renuncia del presidente constitucional al máximo cargo estatal existente, etc., en lo que puede representarse en la imagen de un “trono vacío”.

La indecisión de un Tribunal Constitucional interno para zanjar cabalmente el tema de la vacancia presidencial por la causal de “incapacidad moral permanente” no ha hecho sino prolongar el indebido uso de la vacancia presidencial.

De igual manera, tampoco puede ni debe darse el poder al presidente constitucional de la República para que disuelva un Parlamento Nacional democráticamente electo, al ser también el presidente del Poder Ejecutivo un representante de la población en realidad.

El Congreso no puede ni debe cancelar a un Presidente de la República democráticamente electo, así como el Presidente constitucional no puede ni debe cancelar a un Congreso de la República democráticamente elegido.

Darle tales poderes a los representantes desvirtúa la misma esencia de la democracia como el gobierno del pueblo, de la población. No existe representante sin representado. Los poderes de representación pueden ser revocados por el representado, que es la población.

Ni los congresistas ni el presidente de la República deben tener una agenda particular de cuotas de poder en una democracia auténtica.

*Analista político.

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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