Opinión

No hay derecho a la vida sin orden

Por: Víctor García Toma

La existencia de una Constitución Política posibilita la construcción jurídica de un orden político, el diseño de un tipo de existencia y coexistencia social y el aseguramiento de determinados derechos inherentes a los miembros de un grupo social.

Por su lado, el orden público implica el conjunto de valores, principios y normas de comportamiento político, económico y cultural en sentido lato, cuyo propósito es la conservación y adecuado desenvolvimiento de la vida coexistencial. El orden público se afirma como algo imprescindible para el buen y normal funcionamiento de una sociedad civilizada.

En esa idea, la Constitución y la vigencia del orden es el mejor mecanismo para la defensa de derechos fundamentales, como la vida, la propiedad, el libre tránsito, etc. Por ello, cuando se desconoce el orden, cuando se rebasa el marco de la Constitución, cuando se abre paso la violencia, se pone en peligro, entre otros, la vida y los demás derechos fundamentales.

Dicho esto, no podemos aceptar esa dicotomía que hoy se pretende imponer entre orden o vida. Como tampoco fue aceptable en otros tiempos esa dicotomía entre agua u oro. El Perú requiere que vivamos los fundamentos de la democracia, que significa el escuchar, el escucharnos, el actuar dentro de los parámetros de la ley, que es el instrumento que ha sido establecido como regulador de la vida coexistencial por el propio pueblo a través de sus representantes. No caigamos en esa falsa dicotomía.

La vida es el valor, es el derecho fundamental más importante. Pero no es posible preservar, defender, y asegurar este valioso derecho si se promueve la violencia, si se incita al odio, si se promueve la lucha de clases.

Cuando se distingue que hay unos que valen y otros que no valen, cuando la ley deja de ser referente y, en consecuencia, las ciudades se convierten en un escenario de una selva humana, en consecuencia de ello, la vida, el derecho fundamental más importante, corre peligro.

(*) Ex presidente del Tribunal Constitucional del Perú

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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