Opinión

La contrarreforma electoral

Por: Tullio Bermeo Turchi

Con el voto mayoritario de sus miembros, la Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó modificar las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias contempladas en la Ley de Organizaciones Políticas. Será ahora el pleno del Parlamento que decidirá la suerte de este proyecto, que ha recibido duras críticas de la ONPE y el JNE. Según la actual Ley de Organizaciones Políticas, las elecciones primarias se realizan bajo una sola modalidad, que los ciudadanos, afiliados o no a una agrupación política, participen con su voto en la elección de los candidatos a la Presidencia y el Congreso, que presenten finalmente los partidos en un proceso electoral.

Sin embargo, con el dictamen aprobado del proyecto de ley 6155/2023- CR se agrega dos modalidades para la selección de candidatos de los partidos, favoreciendo a las cúpulas partidarias en este proceso. Esto es elección con voto de afiliados o designación a través de delegados. De este modo, la aplicación de las primarias con la participación de los ciudadanos, que incluso ahora deben inscribirse previamente como electores ante un partido, se convierte en optativa.

Respecto a este dictamen aprobado por la Comisión de Constitución del Congreso, el pleno del JNE opinó que la norma es inviable porque no permitiría seguir avanzando con el proceso de democratización partidaria, dado que no habría participación de los electores, sino que quienes postulen a cargos de voto popular serían puestos por sus propias organizaciones.

Las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias fueron incorporadas en agosto del 2019 con la Ley 30998, pero que nunca fueron aplicadas por decisión del Congreso (2020, 2021 y 2022), con el argumento de que estábamos en pandemia.

Durante años la modalidad de delegados (elección indirecta) ha sido la opción preferida por las organizaciones políticas ya que faculta a las cúpulas partidarias para elegir a dedo a los candidatos. Es decir, estas podrían designar a postulantes que carecen de legitimidad y respaldo de las bases. Gracias a la modalidad de delegados, por ejemplo, en el Congreso, hemos tenido los llamados “roba cables”, “come pollos”, “mocha sueldos”, etc.

Para acabar con esto, la Ley 30998, Ley para promover la participación política y la democracia en las organizaciones políticas, buscaba acabar con las designaciones de candidatos a dedo Sin embargo, la Comisión de Constitución invoca la “autonomía” de los partidos políticos para restablecer la designación a dedo de candidatos.

En otras palabras, se busca establecer un modelo contrario a la participación, competencia y legitimidad. No solo es un retroceso, sino una clara medida de contrarreforma que de aprobarse en el pleno del Congreso habremos retrocedido al 2003, donde las cúpulas designaban a los candidatos de acuerdo a sus criterios y no a lo que las bases del partido exigían.

(*) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali.

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