Opinión

El voto en abstención parlamentario en la cuestión de confianza

Por: Omar Chehade Moya

La cuestión de confianza es un procedimiento provocado a iniciativa del gobierno, respecto a la adopción por el Parlamento de las medidas que aquél sostiene y propone. La importancia política de esta figura constitucional radica en la subordinación de la suerte del gabinete a la adopción o el rechazo del Congreso ante la cuestión de confianza planteada. Desde esa óptica, si la confianza no es acordada, el gabinete no podría entrar en funciones. La Constitución de 1979 trató el asunto señalando que la presentación del gabinete ministerial constituido no daba lugar al voto de confianza. Esta prudencia desaparece en la Constitución de 1993, al forzarse el voto de investidura (o voto de confianza) a un gabinete que se conforma dentro de un sistema presidencialista o semi presidencialista como es el nuestro. Se trata entonces de un error que consiste en no reparar que la cuestión de confianza solo funciona en regímenes políticos parlamentarios en los que el origen del mandato del cuerpo ministerial proviene del Parlamento. Este agregado fue un inserto del asambleísta Carlos Torres y Torres Lara.

La exposición del plan de gobierno del primer ministro en el Hemiciclo es necesario, incluso hasta la promoción de un fogoso debate entre los ministros con los congresistas, como sucedía en la vigencia de la Constitución de 1979, pero mal se hace en plantear luego del debate, una cuestión de confianza, porque se desvirtúa el carácter definitivamente parlamentarista de tal figura (voto de investidura al premier) que no encaja con el modelo de la Constitución de 1993 que es presidencialista atenuada.

En marzo del año 2014, el ex presidente Ollanta Humala designó como su primer ministro al señor René Cornejo, quien además conformó un nuevo gabinete. Antes del trigésimo día se presentó con sus ministros al Congreso al voto de investidura con el pasivo de las legendarias intromisiones de la primera dama Nadine Heredia. La oposición, en ese momento mayoritaria, no estaba dispuesta a seguir soportando la usurpación de funciones de facto de la esposa del presidente, que incluso obligó a un primer ministro a renunciar a sus funciones.

El día del debate fue un viernes del verano de 2014, y el premier Cornejo no deslindó con Heredia. Las bancadas de oposición estaban enardecidas y criticaron la falta de claridad del premier. En el momento de la votación, los votos en abstención superaban a los votos a favor y también a los votos en contra. Un dictamen de la Comisión de Constitución que presidía el congresista Natale Amprimo en el año 2004 señalaba que, si este impasse sucedía con los votos en los plenos o en comisiones, entonces no había resolución, es decir, el impasse persistía, y no había ni voto de confianza, pero tampoco la denegatoria de la misma, de suerte que se tenía que votar tantas veces, hasta que los votos a favor o en contra superaran las posibles abstenciones.

Aquella noche hubo hasta tres votaciones y persistía la abstención generalizada. Eso obligó al presidente del Congreso a suspender la sesión hasta el lunes de la siguiente semana, y obligó también al premier en cambiar su discurso, negociar con las bancadas a cambio del voto favorable. El lunes por la tarde apareció nuevamente el premier Cornejo, cambió su exposición, deslindó con la primera dama, poniendo en bandeja su cabeza a la oposición. De este modo consiguió el voto de confianza del Congreso.

En estos momentos, que el gabinete “del terror” del premier Guido Bellido está ad portas de acudir al Parlamento para obtener el voto de investidura, una de las salidas que tendría la oposición democrática, es votar en abstención, de forma que superen a los votos a favor y en contra, y de esta forma no gastar “la bala de plata” que tiene el Congreso con su primera cuestión de confianza. Con este mecanismo constitucional se lograría evitar la disolución del Parlamento y de paso obliga al premier a sustituir a tantos ministros cuestionados, por profesionales capaces y decentes.

(*) Exvicepresidente y excongresista de la República

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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