Opinión

El marketing del acoso telefónico

Por: Martín Valdivia Rodríguez

Llaman, uno responde y cuelgan. Llaman, uno responde con el “aló” y nadie contesta. O llaman y ofrecen un producto o servicio que uno nunca solicitó y no necesita ni desea, pero insisten tercamente en que lo debe comprar por tales o cuales razones. Esta técnica marquetera de las empresas echa a perder miles de segundos, minutos y horas hombre al día, pues son millones las llamadas. Esto es un delito y tiene una sanción establecida en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, pero las empresas insisten.

Hace un par de semanas, Indecopi multó a la Telefónica con S/79 258 (17.23 UIT) por reincidir en el uso indebido de los datos personales de un consumidor y llamarlo de manera agresiva y reiterativa a su número celular para promocionar sus servicios sin su consentimiento. También recientemente, Indecopi multó con el mismo monto a Entel ante el reclamo de otro usuario que denunció que la empresa le envío constantes mensajes de texto promocionales sin contar con su autorización, a pesar de que solicitó se abstengan de continuar con esta conducta.

Ambas empresas, Telefónica y Entel, infringieron el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el que establece que están prohibidas todas las prácticas comerciales que —mediante servicios de centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto o de mensajes electrónicos masivos— promuevan sus productos y servicios haciendo uso de los números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no han brindado su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para ello. Efectivamente, utilizan el servicio de call centers que recurren a mecanismos tecnológicos para que los números desde donde hacen las llamadas respondan que “no existen”, de tal manera que el afectado no puede reclamar por teléfono.

No solo empresas telefónicas, sino también bancos, financieras, aseguradoras, clínicas, centros comerciales y muchos otros negocios están utilizando esta técnica de marketing que en realidad debe estar prohibida y solo no ser puesta a consideración de quienes reclamen o no lo hagan. Interrumpen la concentración en el trabajo o el estudio, distraen, hacen perder tiempo y causan muchos otros perjuicios, pues usan un sistema de llamadas automáticas que se repiten a toda hora del día, incluso hasta de madrugada.

Debe prohibirse también el uso de las listas de potenciales clientes obtenidas subrepticiamente a través de instituciones financieras que tienen los datos de sus clientes. Alguien vende esa información, que puede llegar a manos, incluso, de bandas de extorsionadores. Todo ello debe ser sancionado con mayor firmeza en apoyo de los millones de consumidores que padecen de esta “tortura”. Por que lo que digo y escribo siempre lo firmo.

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