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Velocidad máxima en avenidas será de 50 km/h y calles 30 km/h

Nueva norma de la ATU reconoce al ciclista como usuario vulnerable

Un decreto supremo que modifica el Reglamento Nacional de Tránsito indica que la velocidad máxima para los vehículos motorizados que circulen por calles y jirones será de 30 kilómetros por hora, mientras que en las avenidas será de 50 km/h, a fin de reducir los accidentes de tránsito y el número de fallecidos a causa del exceso de velocidad.

La norma señala, asimismo, que reducir la velocidad en las vías urbanas y reconocer al ciclista como usuario vulnerable, constituyen los primeros pasos para afianzar la importancia de la movilidad activa, sobre todo en el contexto de la nueva normalidad que encaran Lima y Callao por efecto del COVID-19.

Asimismo, se indica que los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados y/o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales son los siguientes: en zonas comerciales 30 km/h; en zonas residenciales 50 km/h y en zonas escolares/hospitales 30 km/h.

Por otro lado, a fin de liberar espacios públicos y agilizar el tránsito en la ciudad, la Municipalidad de Lima y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) realizarán operativos inopinados en una parte del Centro Histórico por Fiestas Patrias.

Según se anunció, las labores de fiscalización se llevarán a cabo en jirones y avenidas importantes del Damero de Pizarro, donde los fiscalizadores, con apoyo de los inspectores de movilidad urbana, sancionarán a los autos, minivans y combis informales.

Entre las vías a intervenir están los jirones Cusco, Huancavelica y Ocoña, así como las avenidas Nicolás de Piérola, Abancay, Tacna y Emancipación, donde se han identificado algunos paraderos informales.

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