“Única salida es impulsar la vacancia presidencial”
El expresidente del TC, Víctor García Toma, culpa a “niños”, “topos” y “pirañitas” de impedir que en el Congreso se consiga los 87 votos para sacar a Castillo de Palacio

El extitular del TC sostiene que hay parlamentarios que han hipotecado las responsabilidades derivadas de los actos de control y fiscalización obligados por la Constitución.
POR: ENRIQUE RODRÍGUEZ
El expresidente del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, piensa que existen argumentos suficientes para la vacancia presidencial; sin embargo, considera que esta opción —amparada en la Constitución Política del Perú— no se da debido a los intereses de congresistas “niños” y “topos” que imposibilitan llegar a los 87 votos que se requieren para sacar al presidente Pedro Castillo de Palacio de Gobierno.
Se habla constantemente de la vacancia presidencial sin tomar en cuenta lo que dice la Constitución ¿Podría explicar qué dice la Carta Magna al respecto?
Para que se produzca una vacancia presidencial por incapacidad moral hay que tomar en cuenta varios puntos. Lo primero es que existan hechos o acontecimientos de cara a la moral social y que estén reñidos con esta. Esto se traduce en actos indecorosos que manchan la investidura presidencial. En segundo lugar, se requiere acreditar la necesidad de adoptar esta medida; en tercer lugar, valorar el sentimiento de la población; y, en cuarto y último lugar, alcanzar el número de votos en el Congreso para llevar a cabo el debido proceso de transición establecido en la Constitución. De todos estos elementos, el único que todavía no se puede completar es el referido al consenso para alcanzar los 87 votos necesarios.
¿Por qué no se pueden reunir esos 87 votos?
En el Congreso hay un grupo de representantes de la nación que, bajo el sobrenombre de “niños”, “topos’ o “pirañitas”, de alguna manera han hipotecado las responsabilidades derivadas de los actos de control y fiscalización obligados por la Constitución, a cambio de prebendas o beneficios de carácter personal. Sin embargo, en la medida que la crisis política se acrecienta, definitivamente la única salida que tiene el Congreso es tomar otra decisión para poder salvar la democracia y encauzar los destinos del país en mejores manos.
¿Cuál es la interpretación que se le debería dar a la “incapacidad moral”?
¿Cuál es la interpretación que se le debería dar a la “incapacidad moral”?
La incapacidad moral tiene que ver con la realización de algo por acción u omisión que es indebido y que atenta contra la idea de lo correcto. Ese acto indebido termina impregnándose en la conciencia ciudadana y, en consecuencia, hace que le quite la legitimidad para gobernar al presidente. Es decir, el presidente ha realizado algo que la ciudadanía reprocha y no perdona. Ahora, la Constitución exige que la incapacidad sea permanente y hay dos formas de verlo: la primera es señalar que a lo largo de este primer año de Gobierno se han venido ejecutando actos ininterrumpidos reñidos contra la moral pública y transparencia, lo cual ha derivado en seis carpetas de investigación fiscal y más de un escándalo casi semanal. La segunda forma de percibir la incapacidad moral permanente son los hechos que quedaron grabados como imperdonables.
Sin embargo, el presidente no puede ser acusado mientras dure su mandato…
El artículo 117 de la Constitución nos habla de la inmunidad presidencial; quiere decir que el presidente no puede ser llevado a juicio, pero en el caso de la incapacidad moral nos estamos refiriendo al artículo 113, que es la puerta de salida para salvar al país de esa inmunidad. Pongo un ejemplo. ¿Qué pasaría si nos enteramos que tenemos un presidente pedófilo o que ha llevado la campaña electoral con dinero del narcotráfico? Evidentemente, eso no contempla el artículo 117, pero sí está dentro de lo inmoral e indebido, por lo cual esa es la única puerta de salida.
¿Qué ocurriría si se consigue la vacancia? ¿Habría que convocar a elecciones generales?
Hay una interpretación que dice que los miembros del Congreso de la República son elegidos por un período de cinco años y la única causal que permite le conclusión anticipada de ese mandato es la vía de la disolución del Congreso, cuando este ha derribado dos gabinetes. Esa es la interpretación más apegada al derecho, pero no puede desconocerse que el Congreso decida recortar su propio mandato. Ya tenemos una experiencia anterior que ocurrió en el año 2000 durante la crisis por la reelección de Alberto Fujimori, cuando el Parlamento tuvo que dictar una ley de reforma constitucional de carácter transitorio para permitir el cese del Congreso elegido por el pueblo para nombrar uno nuevo. Esta segunda interpretación puede ser un mandato de la realidad.
En otro tema, ¿qué le podría esperar a la primera dama de la Nación, Lilia Paredes?
En el caso de la primera dama hay que esperar las investigaciones del Ministerio Público. Recordemos que todas las personas están sujetas al principio de presunción de inocencia y, mientras no se formalice una acusación de parte de la Fiscalía y se lleve a cabo un proceso judicial, la esposa del presidente está amparada por ese principio. Ahora, de acuerdo a las evidencias recolectadas, la situación de la señora Lilia Paredes es jurídicamente delicada.
“EXISTEN ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE COMPLICAN A YENIFER”
Para el exministro de Justicia Víctor García Toma, la cuñada del presidente Pedro Castillo, Yenifer Paredes, se encuentra en una situación complicada.
“Para aplicarle la prisión preventiva, el primer elemento de juicio es si existen elementos de convicción y a esa conclusión ha llegado la Fiscalía, y eso ha sido ratificado por el juez. Ella está bajo prisión preventiva porque el Ministerio Público habría demostrado que existe peligro de fuga y se han cometido actos de obstrucción a la justicia. Existen pruebas, elementos y tajantes de alguna irregularidad”, señaló.