Opinión

Sobre el nuevo retiro de la CTS

Por: Julio César Palomino Meza

Con relación a las idas y vueltas para un nuevo retiro de la CTS, debemos referir que se han presentado hasta once (11) proyectos de ley en el Congreso, los mismos que proponen autorizar a los trabajadores, para que realicen el retiro voluntario del cien por ciento (100 %) de sus fondos como plazo máximo al 31 de diciembre del año en curso, y otros proyectos pretenden extender el retiro hasta finales del 2025.

El sustento de los nuevos proyectos de ley radican coincidentemente, en que debería ampliarse la capacidad adquisitiva de los consumidores, para que se mitigue la inflación, falta de empleo, entre otros.

En otras publicaciones, hemos señalado que la CTS o Compensación por Tiempo de Servicios es el beneficio laboral que percibe todo trabajador formal, cuya finalidad es protegerlo ante una pérdida de su empleo.

La gran mayoría de trabajadores ya no cuentan con fondos de CTS, quedando desprotegidos ante una pérdida de empleo. Nos volvemos a preguntar, ¿resulta prudente disponer de una nueva liberación de la CTS?

La CTS se abona a todo trabajador que está en planilla, y de existir una relación laboral encubierta a través de recibos por honorarios, también puede ser exigida en cualquier momento, más aún, si la prestación que pudiere haberse desnaturalizado por una indebida contratación, aún se encuentra vigente. Lo anterior podría ser materia de denuncia ante la SUNAFIL o Poder Judicial. El plazo para reclamar los beneficios sociales, incluida la CTS, puede darse hasta 4 años posteriores al término de la relación laboral.

La CTS se deposita en mayo y noviembre de cada año, y por ello, el próximo pago debe efectivizarse hasta la quincena de mayo, no debiendo los empleadores dilatar o postergar su pago, toda vez que ante una denuncia inspectiva podrían ser multados por la SUNAFIL.

Tienen derecho a percibir la CTS en el sector privado, todos los trabajadores que laboren como mínimo 4 horas diarias, y que tengan 1 mes de servicios. También les aplica el derecho a las trabajadoras del hogar, pero no a los trabajadores que mantienen un contrato a tiempo parcial.

Según la Tabla de multas de la SUNAFIL, el no haber depositado la CTS en la fecha prevista, un empleador podría ser multado hasta por encima de los cien mil soles considerando la totalidad de trabajadores afectados, y ello porque es considerada una infracción muy grave.

Todos los trabajadores formales pudieron retirar el 100% o una parte de su CTS hasta el pasado 31 de diciembre de 2023, conforme a lo establecido por la Ley No 31480.

Actualmente ya no se puede disponer libremente de la CTS.

Esta historia continuará….

Si deseas conocer más sobre este tema, puedes escribirnos a jpalomino@estudiojpalominoyasociados.com, al teléfono 997936073. Visita nuestras redes sociales www.estudiojpalominoyasociados.com, LinkedIn como Julio César Palomino Meza.

(*) Abogado Laboralista

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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