Opinión

¿Puedo ser despedido durante la pandemia?

Por: Julio Palomino

Cuando uno es contratado en una empresa siempre aspira a que su vínculo laboral se prolongue en el tiempo, pues con la remuneración que percibe se cubren las necesidades básicas de la canasta familiar y otros gastos.

Lo ideal es que todo contrato de trabajo sea formal, pero si antes del inicio de la pandemia ya el empleo se había precarizado, ahora durante la crisis sanitaria que afecta a toda la humanidad y a nuestro país, los empleadores persisten en contratar a través de recibos por honorarios dejando de pagar los beneficios sociales a los trabajadores.

Toda relación de trabajo tiene un inicio y puede culminar por renuncia voluntaria del propio trabajador, por mutuo disenso, por vencimiento de contrato y por decisión unilateral del empleador entre otras causales.

Nuestro ordenamiento legal ha previsto que toda contratación laboral debería tener la calidad de indeterminada, pero también se puede contratar a plazo fijo o por un periodo determinado. En la actualidad, y so pretexto de la pandemia originada por el Covid-19, muchos empleadores han tomado decisiones irresponsables y han ejecutado medidas ilegales como el despido sin causa justa dejando en desprotección a sus trabajadores.

El despido ha sido utilizado de manera excesiva, y el uso abusivo de este ha dejado sin fuente de ingreso a una gran cantidad de trabajadores en nuestro país. La protección constitucional del derecho del trabajo se ha visto afectado por decisiones ilegales y sin sustento legal que los empleadores han adoptado indiscriminadamente.

Así, el despido arbitrario resulta ser el acto ilegítimo que cesa el vínculo laboral sin motivo que lo justifique, contraviniéndose con ello lo establecido por el Art. 103 de la Constitución Política del Perú de 1993, que señala que no se puede amparar el abuso del derecho.

Toda decisión unilateral del empleador debe ser sancionada tanto con la indemnización por despido arbitrario y/o por la reposición del trabajador a su puesto de trabajo. Sin embargo, existen mecanismos que puede utilizar el empleador en esta época de crisis, como son la reducción de personal, el cese por vencimiento de contrato temporal, celebración de acuerdos consensuados con el trabajador, planes de incentivos, entre otros.

Despedir durante la pandemia está prohibido, salvo que exista una causa que lo justifique, de lo contrario la empresa que tome tal decisión corre el riesgo de ser multada por SUNAFIL o de ser demandada por indemnización por despido arbitrario, reposición o por daño moral por truncamiento al proyecto de vida. Finalmente, si has sido despedido de tu puesto de trabajo, debes recurrir de inmediato a denunciar por conducto virtual a SUNAFIL para que inicie el procedimiento inefectivo que corresponde.

Si deseas conocer más sobre este tema, puedes escribirnos a jpalomino@estudiojpalominoyasociados.com, al teléfono 997936073. Visita nuestras redes sociales www.estudiojpalominoyasociados.com, LinkedIn como Julio César Palomino Meza.

(*) Abogado Laboralista

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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