Opinión

¿Podrían ser incluidas las gratificaciones en el pago de las remuneraciones?

Por: Julio Palomino Meza

La bancada de Acción Popular a través de la Congresista María del Carmen Alva, actual Presidenta del Congreso, ha presentado seis nuevas iniciativas legislativas que buscan modificar diversos artículos de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Decreto Legislativo Nº 728, dentro de los cuales se encuentran el Proyecto de Ley Nº 316/2021-CR, que plantea la modificación del Art. 8 de la referida norma, que pretende sean incorporados el pago de las dos gratificaciones dentro del pago de las remuneraciones periódicas.

Lo anterior ha generado rechazo y controversia, toda vez que siempre el pago de las gratificaciones se formaliza en los meses de julio y diciembre, y es percibido por los trabajadores como derecho.

Se entendería entonces que las gratificaciones de julio y diciembre ya no servirían como un ahorro para los trabajadores, sino más bien su pago prorrateado también generaría un impacto para el sector empleador, quien aún no se recupera de la crisis generada por la pandemia del COVID-19.

Por otro lado, tenemos que muchas de las empresas recién se están reactivando; es decir, que debido a la pandemia y a las restricciones del gobierno, la mayoría de estas aún están en recuperación, sumado a ello la inestabilidad política y las subidas del dólar, lo que ha motivado que muchos negocios desaparezcan, no tengan ingresos, y por lo tanto les sea difícil cubrir el 100% de las planillas, peor aún si la figura del nuevo modelo de suspensión perfecta creada por la crisis sanitaria ya no ha podido ser extendida en el tiempo.

Consideramos que actualmente cubrir el costo mensual de las planillas llega a ser un verdadero dolor de cabeza para las empresas, y por lo tanto con este proyecto solo se originaría aumentarles la carga económica a las planillas mensuales, semanales y quincenales, lo que conduciría a seguir precarizando el empleo.

¿Realmente el proyecto de ley podría resultar beneficioso? Creemos que no. Hay que analizar más bien su aplicación desde varios puntos de vista, técnico y financiero, y tomando en cuenta principalmente la situación real de cada organización.

El Proyecto 316 permitiría que todo empleador podría pactar con sus trabajadores que ganen por debajo de las 02 UIT (S/ 8,880.00 soles) el fraccionamiento del pago de sus gratificaciones, desnaturalizando el derecho de este concepto laboral que, conforme a ley, todo trabajador debe percibir en julio y diciembre.

Todos los Proyectos de Ley de la bancada de Acción Popular vienen siendo considerados como un Paquetazo Laboral, que sin duda podría causar impacto tanto para el sector trabajador como para el sector empleador. No se puede permitir que el derecho a las gratificaciones desaparezca, toda vez que más adelante también podría ocurrir lo mismo con la CTS y otros conceptos laborales.

Lo cierto es que la informalidad laboral se ha incrementado, y ya casi nadie contrata en planillas sino a través de recibos por honorarios.

Si deseas conocer más sobre este tema, puedes escribirnos a jpalomino@estudiojpalominoyasociados.com, al teléfono 997936073. Visita nuestras redes sociales www.estudiojpalominoyasociados.com, LinkedIn y Facebook como Julio César Palomino Meza.

(*) Abogado Laboralista

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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