
El plazo para el último retiro de la totalidad de la CTS, fue el 31 de diciembre de 2024, y después de dicha fecha, ningún trabajador puede retirar ni parcial ni totalmente, los fondos depositados en su cuenta de CTS.
Lo hemos venido reiterando, que la CTS o Compensación por tiempo de servicios, es el beneficio laboral que percibe todo trabajador formal, cuya finalidad es protegerlo ante una pérdida de su empleo. Conforme se han dado las normas legales sobre retiros de la CTS, la gran mayoría de trabajadores, ya no cuentan con fondos en sus cuentas de CTS, quedando desprotegidos ante una pérdida de empleo.
La CTS se abona a todo trabajador que está en planilla, y de existir una relación laboral encubierta a través de recibos por honorarios, también puede ser exigida en cualquier momento, más aún, si la prestación que pudiere haberse desnaturalizado por una indebida contratación, aún se encuentra vigente. Lo anterior podría ser materia de denuncia ante la SUNAFIL o una demanda ante el Poder Judicial.
El plazo para reclamar los beneficios sociales, incluida la CTS, puede darse hasta 04 años posteriores al término de la relación laboral.
La CTS se deposita en mayo y noviembre de cada año, y por ello, el próximo depósito de la CTS debe darse antes de la quincena de mayo de 2025. Siempre se sugiere que los trabajadores que decidan retirar la totalidad de sus fondos de CTS, lo utilicen preferentemente para pagar sus deudas, o realizar alguna inversión inteligente y real, como por ejemplo en metas educativas o en un emprendimiento comercial.
Tienen derecho a percibir la CTS en el sector privado, todos los trabajadores que laboren como mínimo 4 horas diarias, y que tengan 01 mes de servicios.
También les aplica el derecho a las trabajadoras del hogar, pero no a los trabajadores que mantienen un contrato a tiempo parcial. En la actualidad la Comisión de Trabajo del Congreso, ha aprobado el dictamen para el retiro de hasta 100% de la CTS, para casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer, y para cubrir necesidades por la crisis económica.
Con el nuevo proyecto se pretende que los trabajadores puedan retirar sus fondos de CTS hasta finales de 2026.
No solo habrá retiro de CTS hasta diciembre de 2026, sino que se podrá efectuar retiros parciales de libre disposición, con cargo a su depósito de CTS, siempre que no exceda del 50% de los mismos. Esta historia continuará…
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(*) Abogado Laboralista.
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