Opinión

Impunidad a favor de algunos congresistas y de Eliane Karp

Por: Mario Amoretti Pachas

Para los efectos de que no se sigan denunciando a congresistas y funcionarios, que han cometido graves delitos y han sido dados a conocer por medios periodísticos; así, como integrantes vinculados a Perú Libre y otros partidos políticos, para no ser investigados, se ha presentado un proyecto de Ley N° 2862- 2022- CR, que ingresó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Este propone la “Ley que modifica los artículos 131 y 132 del Código Penal que sanciona con el incremento de pena, por la utilización indebida de los medios de comunicación, redes sociales o sitios web de divulgación colectiva y la notificación del artículo 1969 del código civil, en perjuicio al honor, buena reputación, la intimidad de la persona y la familia” comisión que la aprobó en mayoría, al igual que el pleno del Congreso de la República, sobre todo, por quienes están siendo investigados en la fiscalía y por los delitos imputados, han debido ser desaforados hace mucho tiempo.

El proyecto, como podemos verificar, carece de técnica jurídica, en lo que debería ser la exposición de motivos, señala en el rubro “contenido de la propuesta”. Y legalmente debe ser una exposición de motivos, es decir precisar las razones por los cuales se incrementa la pena privativa de libertad de 3 a 4 años, o sea 1 año más.

Sin embargo, solamente se limitan a sostener que el honor y la buena reptación deben ser protegidos de acuerdo a la Constitución, sin dar una explicación o fundamentación razonable y proporcional del aumento de pena a 1 año más.

Lo real y concreto, que tratándose de un partido político que tiene serios cuestionamientos; así como algunos de sus integrantes y de otros partidos, de haber incurrido en la comisión de hechos delictivos y han sido denunciados por medios de comunicación, pretenden amedrentar para que no se prosiga con nuevas denuncias, o sea, una impunidad sin límites; y, en las últimas declaraciones que viene proporcionando su proyectista, sostiene que se debe de denunciar, además. a cualquier persona, o sea, a los que opinamos en los medios de comunicación.

En lo que respecta a la extradición de Elian Karp, de acuerdo el tratado celebrado entre Estados Unidos y Perú, fue solicitado a dicho país hace más de 2 años, por el caso Ecoteva, en virtud de un pedido formulado por la fiscalía al Poder Judicial, teniendo en cuenta que Interpol la había ubicado conjuntamente con Alejandro Toledo.

Es el caso, que el artículo VIII del referido tratado, señala que en caso de detención de la requerida- Eliane Karp, contra quien pesa dicha medida en su contra, debió haber solicitado dicha medida a los Estados Unidos para fines de extradición y la fiscalía no formuló dicho pedido ante el Poder Judicial del Perú, a fin de que previo el trámite diplomático correspondiente, lo requiera a las autoridades judiciales, sin embargo, dicho requerimiento se verificó; y, de haber sido detenida, el Perú tenía 60 días para tramitar, luego de detenida, para tramitar la extradición. Pero, la fiscalía no hizo nada al respecto, ni muchos menos se pidió el embargo de las sumas entregadas como fianza, tanto por Toledo como por su esposa.

(*) Exdecano del CAL

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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