Opinión

El conflicto y la relación de trabajo

Por: Julio Palomino

Cuando nos referimos al término Conflicto se nos viene a la mente un escenario de oposición o de desacuerdo entre personas o cosas. Si trasladamos lo anterior a la relación laboral, debemos situarnos en la disputa entre trabajador y empleador, y ello para buscar por lo menos una solución armoniosa al conflicto suscitado.

También se le llama Conflictividad Laboral que a veces inclusive se puede traducir en una Huelga o paralización de labores por reclamos no solucionados. Nos permitimos efectuar las siguientes interrogantes ¿Cuáles son las causas?, ¿cuánto tiempo durará el conflicto?, y ¿cómo se solucionará el conflicto? El conflicto laboral en esta era de pandemia se ha incrementado en nuestro país, pues por decisiones irresponsables se han permitido trámites de suspensión perfecta y ceses colectivos que afectan los derechos de los trabajadores.

Por otro lado, hay algunos que refieren que el Conflicto se suscita por las malas prácticas que adopta el empleador en el centro de trabajo, y por ello los trabajadores adoptan medidas de presión para revertir la afectación al derecho constitucional al trabajo digno y justo.

No necesariamente debe existir un Sindicato dentro de una organización para que opere los reclamos laborales, también pueden nombrarse a Delegados o Representantes de trabajadores que asuman la defensa de los derechos afectados.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe regular de manera acertada la solución de los conflictos cuando éstos no pueden solucionarse en trato directo dentro de la propia empresa. ¿Pero realmente el MINTRA asume el rol protagónico para la solución de los conflictos que le son derivados?

Deberíamos preguntar al MINTRA y a SUNAFIL si existen daros estadísticos de los conflictos solucionados en el último año, pues los criterios adoptados durante la pandemia han causado perjuicio a las dos partes de la relación laboral.

Esperamos las nuevas reformas laborales inmediatas de quien asuma el Ejecutivo, pues de lo contrario el caos social a nivel laboral desencadenará que los mismos se trasladen al ámbito judicial donde nunca existe fecha cierta de culminación del proceso que pueda entablarse.

Regresemos entonces a la conducta empresarial irresponsable para pisotear los derechos de los trabajadores, y además a la conducta de los trabajadores que no toman el protagonismo para cumplir con los objetivos de la organización.

No solo una parte es el causante de los conflictos laborales, también lo son las escasas normas regulatorias y la intransigencia muchas veces de la autoridad administrativa de trabajo que solo toma en cuenta la posición de una de las partes afectando a la otra.

Si deseas conocer más sobre este tema, puedes escribirnos a jpalomino@estudiojpalominoyasociados.com, al teléfono 997936073. Visita nuestras redes sociales www.estudiojpalominoyasociados.com, LinkedIn como Julio César Palomino Meza.

(*) Abogado Laboralista

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