Opinión

Delincuentes en altos cargos

Por: Antero Flores-Araoz

Se está debatiendo en el Congreso la posibilidad de sancionar una ley mediante la cual se impida a personas que han perpetrado graves delitos, incluso si ya han cumplido sus sentencias condenatorias, postularse para altos cargos en el Estado. Estos cargos podrían incluir estar en la plancha presidencial (presidente y dos vicepresidentes), ser congresistas (tanto diputados como senadores), gobernadores regionales y alcaldes provinciales o distritales.

Algunas voces han surgido en relación con esta posibilidad, argumentando que, al cumplir una sentencia condenatoria, los sancionados quedan rehabilitados y, por lo tanto, podrían intentar postularse a los altos cargos públicos mencionados anteriormente.

Si bien es cierto que la condena privativa de libertad tiene el propósito de sancionar al transgresor de la normatividad penal y reeducarlo para su reinserción en la sociedad, también es cierto que es muy difícil lograr una verdadera rehabilitación en nuestras cárceles. Estas no solo están abarrotadas y sobrepobladas, sino que también presentan situaciones de hacinamiento y promiscuidad.

Dicho esto, tiene sentido impedir que quienes fueron perpetradores de graves delitos accedan a altos cargos públicos. Es importante destacar que no se trataría de una ley con nombre propio ni con efecto retroactivo, sino más bien de una medida para evitar que cualquier persona que haya cometido delitos graves pueda dirigir los destinos de nuestra patria en el futuro.

Las normas legales no pueden divorciarse de la moral pública, y sería moralmente inaceptable que alguien con sentencias condenatorias graves ocupe cargos de liderazgo en el país, las regiones o los municipios.

Imaginemos por un momento que un presidente o vicepresidente de la República, cuyo deber constitucional principal es defender la dignidad humana (según el artículo 1), haya cumplido una condena privativa de libertad por homicidio doloso. Esto no solo sería incomprensible, sino que también afectaría su presencia en foros internacionales y relaciones bilaterales.

Además, sería sorprendente si se eligiera para un alto cargo público a alguien que previamente fue condenado por delitos contra el patrimonio u otros delitos graves, como el soborno o el cohecho. No deberíamos permitir que alguien que robó al Estado o recibió coimas se convierta en el guardián de los fondos y bienes públicos mediante el voto popular.

Como hemos visto, este es un problema moral con implicaciones jurídicas y políticas. A nuestro juicio, la pena de inhabilitación por ciertos delitos graves debería ser más larga que las penas privativas de libertad.

Estamos cansados de ver a delincuentes reincidentes que, a pesar de haber cumplido penas privativas de libertad, no se reeducaron ni quedaron aptos para su reinserción en la sociedad.

Recordemos el antiguo dicho: “La gallina que come huevo, aunque le corten el pico”. Aunque no sea axiomático, también debemos considerar que en las cárceles no hay manicuristas que corten las uñas a quienes las tienen largas.

(*) Expresidente del Consejo de Ministros.

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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