Opinión

Autonomía ¿real o simulada?

Por: Antero Flores-Araoz

Mañana se celebra el día de las universidades, ocasión propicia para comentar la reciente aprobación por el Congreso de la República, de ley -aún sin saber si se promulgará u observará- por la cual se modifica la composición de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), que como sabemos fue creada hacen pocos años por la novísima Ley Universitaria, con la finalidad de vigilar el cumplimiento de la normatividad legal educativa de las universidades del país, sean públicas o privadas, comenzando por su licenciamiento.

La composición de SUNEDU era de un Superintendente que la preside, cinco miembros seleccionados por MINEDU mediante concurso, más un representante de CONCYTEC, siendo los seis primeros nombrados por Resolución Suprema del Sector Educación. La mencionada Institución pública está adscrita al Ministerio de Educación.

Con la modificación de la composición de SUNEDU, se sustituyen a varios de sus integrantes, a fin de que tengan asiento en ella, reales representantes de las universidades públicas (2) y de las privadas (1), además del de los Colegios Profesionales, siendo todos los demás del Sector Público.

La aprobación por el Parlamento del cambio de composición del órgano directivo de SUNEDU ha generado algunas críticas, las que expresan que con ello lo que se ha aprobado es la contra reforma universitaria y, en tal virtud se estaría atentando contra la calidad universitaria, que siendo justos ha mejorado sustancialmente con el cambio de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) a la SUNEDU.

La mejora de la calidad universitaria no tiene por qué ser menguada con el cambio a producirse en SUNEDU, pues dentro de su consejo directivo habrá representantes de las universidades, los que tienen experiencia en la temática de la educación superior y a nadie conviene que la calidad universitaria decrezca, sino que aumente.

La Constitución (artículo 18) dispone que “cada universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico”, lo que repite la Ley Universitaria, pero lamentablemente en la práctica la autonomía es declarativa, pues en la realidad las facultades, atribuciones y competencias de SUNEDU son tan vastas que llegan a asfixiar a las universidades, por decirlo en alguna forma, motivo por lo cual en el futuro deberían también revisarse.

Por ejemplo, no encontramos ningún sentido que ante la pérdida de algún diploma que acredite título o grado universitario, la expedición de duplicado tenga que registrarlo SUNEDU.

Ello es una demasía y así encontraremos diversos excesos en la normatividad que hacen que un mandato constitucional se relativice por una ley que es de inferior jerarquía.

Se menciona que por ser la educación universitaria un servicio público, debe estar controlada por el Estado, sin embargo, hay infinidad de otros servicios públicos como el transporte, la electricidad, el suministro de agua, del gas, y la telefonía, entre muchos otros que no tienen el carácter constitucional de autónomos, pero están sujetos a autoridades del Sector Público que los supervigilan. Si las universidades son autónomas, su dependencia debería ser bastante menor, aunque sin reducir la calidad educativa.

(*) Excongresista de la República

(*) Expresidente del Consejo de Ministros

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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