Opinión

A propósito de los hombres ratas: la dignidad

Por: Víctor García Toma

El poeta francés Alfred de Vigny señaló que “no existe hombre que tenga el derecho a despreciar a los hombres”. Ello en razón a que todos tienen el atributo de la dignidad. Esta alude a una calidad inherente a todos y cada uno de los miembros de la especie humana que no admite sustitución ni equivalencia, y que por tal es el sustento de los derechos que la Constitución y los tratados internacionales protegen y auspician.

Los hombres poseen dignidad en virtud de su atributo de humanidad. Dicha noción plantea un elemento constitutivo del ser humano, mínimo, propio, inalienable e invulnerable, que todo ordenamiento constitucional está compelido históricamente a asegurar.

En ese contexto, el ser, más allá de sus actos, es per se portador de estima, custodia y apoyo heterónomo para su realización acorde con su condición humana.

La condición y calidad de ser una “persona humana” es suprema e intangible. La dignidad que se desprende de su ser es común a todos los miembros de la especie sin excepción alguna. Esta no se pierde como derecho, aún a pesar de la acreditación de una inconducta personal que derivase en la infracción de los atributos de los otros. La dignidad acompaña la vida del ser humano, incluso en aquellas circunstancias probadas por la ley, por encima de los comportamientos deleznables asumidos en la sociedad.

El maltrato es más grave cuando se realiza sobre aquellos que, tras la defunción física, no pueden defenderse de un atropello cometido por alguien carente de juicio sereno y responsable. Honorato de Balzac decía que el “dolor hacia los demás ennoblece incluso a las personas más vulgares”.

En esa perspectiva, la constitucionalización del concepto de dignidad genera las siguientes consecuencias: El respeto de la dignidad humana legitima el ejercicio del poder político, promociona la objetivización de una sociedad más justa, impele a que desaparezcan las relaciones intrínsecamente atentatorias a la calidad y condición humana, conlleva a que sea considerada como fuente de derecho y principio de política legislativa, y declara el establecimiento de un criterio sumo para la cobertura de las lagunas legislativas.

Nunca más pertinente aquella sentencia de François de La Rochefoucauld que dice que “No se desprecia a todos los que tienen algún vicio, sino a los que demuestran no tener ninguna virtud”.

(*) Expresidente del Tribunal Constitucional.

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Ver también
Cerrar
Botón volver arriba