Opinión

Derecho a la reserva de la fuente

En la Constitución Política del Perú, Artículo 2, numeral 18, Derechos Fundamentales de la Persona, se establece que todos los peruanos tienen derecho “a mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas o de cualquiera otra índole, así como a guardar el secreto profesional”. Exigirle a un periodista que revele sus fuentes es absolutamente inconstitucional. Por eso, no nos explicamos con qué argumento la Policía le pidió a César Hildebrandt, director de Hildebrandt en sus Trece, que dé a conocer la fuente de una información de su publicación.

Tamaña pretensión, que fue común en gobiernos dictatoriales, fue contada por el experimentado periodista en uno de sus pódcast, con sus acostumbradas dosis de sarcasmo: “La Policía Nacional me manda un documento en el que se me ordena informar quién fue la fuente del reportaje ‘Fábrica de estiércol’ de mayo del 2022. ¿Qué? ¿Con quién creen que están hablando? ¿Qué les revele mis fuentes? Por supuesto que no les voy a entregar nada. No acepto esto. Yo no estudié para pobre diablo. No me asustan”.

Sepan las despistadas autoridades que el ejercicio del periodismo está amparado por el secreto profesional, reconocido en la Constitución Política del Perú, protegido por el Tribunal Constitucional y consignado como uno de los principios fundamentales de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Además, por otras normas internacionales y de seguridad del periodismo, herramientas y acuerdos de tipo supranacional, como la Declaración de Chapultepec, los Principios de Lima —documento promovido por el Consejo de la Prensa Peruana—, la Declaración Conjunta de los relatores de libertad de expresión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y la Organización de los Estados Americanos (OEA). Además, el Código Procesal Penal y el Código Procesal Civil del Perú también amparan y regulan la protección del ejercicio constitucional del derecho al secreto profesional al fijar la respectiva abstención de declarar ante las autoridades cuando se invoque dicha garantía.

La Fundación Gabo, creada por el propio Gabriel García Márquez, señala que, “ante un periodista convencido de la necesidad de proteger el secreto de la fuente, no hay recurso eficaz para que rompa su compromiso”. Y que “ante esa decisión ética, los gobiernos carecen de medios eficaces”. Así que ya saben la PNP, más respeto con la prensa. Porque lo que digo y escribo siempre lo firmo.

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