Opinión

Un sistema de justicia basado en el mérito (V)

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

Queda claro que entre un organismo autónomo constitucional como la Junta Nacional de Justicia (JNJ) -que se encarga a dedicación exclusiva de la selección y nombramiento de los jueces y fiscales de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público, del Jefe de la ONPE (Oficina Nacional de Procesos Electorales), del Jefe del RENIEC (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil), del Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público-, y una pretendida “Escuela nacional de justicia” -que se encargaría no solamente de la formación y capacitación de los jueces y fiscales de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público, sino también de la selección y nombramiento de los jueces y fiscales titulares de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público, y del Jefe de la ONPE, del Jefe del RENIEC, del Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público-, mucho más ventajas y bondades tiene la selección y nombramiento de jueces y fiscales a cargo de la Junta Nacional de Justicia, ya que ésta se dedica a tal función a dedicación exclusiva.

En ese sentido, nada justifica eliminar la Junta Nacional de Justicia que se dedica exclusivamente a la muy delicada e importante función de seleccionar y nombrar jueces y fiscales, para instaurar en su lugar a una pretendida “Escuela nacional de justicia” con sobrecarga en su función al tener que realizar dos funciones constitucionales fundamentales, como son, en primer lugar, la función de formar y capacitar jueces y fiscales de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público, respectivamente, y, además de ello, en segundo lugar, la función de seleccionar y nombrar a los jueces y fiscales titulares de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público, respectivamente, al Jefe de la ONPE, al Jefe del RENIEC, al Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y al Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público.

Se necesita un organismo autónomo constitucional que se dedique en exclusividad a la función constitucional de selección y nombramiento de los jueces y fiscales de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público, nos guste o no, por una razón eminentemente práctica: dos funciones es demasiado.

(*) Miembro suplente de la Junta Nacional de Justicia

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