Reajustan pensiones para los miembros de las FF.AA. y la PNP
Alcanza a los de la Ley N° 19846 y a los pensionistas de Montepío

El Gobierno publicó un decreto supremo que aprueba el reajuste de pensiones a favor del personal militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. El reajuste pensionario fue establecido en el Decreto Supremo Nº 102- 2026-EF, publicado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma precisa que el reajuste de pensiones alcanza a los pensionistas del Decreto Ley N° 19846 y de los pensionistas de Montepío, correspondiente al personal titular en situación de retiro de las Fuerzas Armadas y de la Policía, y a sus sobrevivientes. Además, señala que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, procede de oficio, con la actualización del monto de la pensión en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), de acuerdo con establecido en el artículo 2 del presente Decreto Supremo.
También indica que para la actualización del reajuste se tiene en cuenta el grado remunerativo en base al cual se percibe la pensión, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 19846 y sus normas modificatorias y complementarias. “Asimismo, en el caso de pensiones de sobrevivientes, el monto del reajuste no puede ser mayor al monto que le hubiera correspondido al pensionista titular de derecho propio, debiendo dividirse en forma proporcional, en el supuesto de que concurran más de un beneficiario”, dispone la norma.

