Opinión

Problema: El no pago de cuotas de mantenimiento en edificios

Por: Julio César Gago Vicuña

Si bien es cierto que la pandemia, el confinamiento, la situación política, la falta de trabajo y un largo etcétera vienen generado enormes problemas de carácter económico, que seguramente se recrudecerá con el paso del tiempo, también es cierto que es inexorable cumplir con los pagos de los servicios básicos y de mantenimiento de unidades familiares sean edificios, condominios etc.

Por diversos motivos o excusas muchos propietarios y/o inquilinos se niegan al pago de las cuotas de mantenimiento de los edificios o condominios, generando un gran problema a los que sí cumplen con esta obligación, ya que muchas veces se ven afectados con el corte de los servicios comunes ya sea luz, agua, los servicios de ascensor, y hasta el descuido de la propiedad por falta de limpieza y seguridad.

¿Por qué es difícil cobrar?

Si le envía una carta notarial, quizá el inquilino responda con otra y el caso se convertirá en un rebote de cartas. Si usa la presión social y publica el nombre de los morosos en el periódico mural, se ganará un enemigo dentro de su entorno habitacional. Peor aún si se procede a quitar el contómetro del agua o cerrar la llave de agua y/o cortar algunos servicios, se ganan denuncias policiales o penales por presunto robo/hurto de dicha llave. Además, es inconstitucional privar el acceso al agua potable y servicios básicos.

La respuesta técnica y profesional que todos conocemos es la inscripción de la directiva de la Junta de Propietarios en Sunarp (La Superintendencia Nacional de los Registro Públicos), lo que resulta un trámite engorroso; sin embargo, esta es la única vía legal directa, ya que será la directiva elegida quien asuma el poder y derecho de exigir el pago de las cuotas de mantenimiento, en representación de toda la colectividad de vecinos.

Sin embargo, no es suficiente elegir a las directivas, también es necesario que estén inscritas en Sunarp. Y si no hay inscripción registral, según la ley, todavía no existe la Junta Directiva de propietarios; por tanto, aún no tienen derecho a cobrar y por ello no pueden denunciar, demandar o realizar convenios de pago con los morosos del edificio.

En la actualidad estudios de abogados vienen analizando las normas y leyes vigentes para efectivizar estos cobros sin pasar por lo tormentoso de inscribir la Junta de Propietarios y en paralelo mientras dure este trámite si se pueden ejecutar los cobros de mantenimiento, acogiéndose a normas vigentes y de acuerdo a los Códigos Civil y Procesal Civil, vigentes, es decir, si es posible iniciar acciones legales contra estos propietarios e inquilinos que se niegan al pago de las cuotas de mantenimiento.

Nuestro staff de abogados siempre a la vanguardia de nuestra legislación, garantiza todos estos derechos de nuestros seguidores de LA NOTICIA, a quienes atendemos previa cita al 4713246, correo electrónico jgago80@gmail.com, página web www.gagoabogados.com

(*) Abogado penalista

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