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Pensionistas de FF.AA. y PNP ya pueden trabajar para el Estado

De acuerdo a la Ley Nº 31473, contratados recibirán pensión y remuneración del Estado

La jubilación no podía ser impedimento para seguir laborando y, como era de justicia, recibir una remuneración por ello. Ahora, los pensionistas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional ya podrán ser contratados por entidades y empresas del Estado para cumplir diversas funciones.

De acuerdo a la Ley Nº 31473, publicada ayer en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se regula la contratación de los jubilados de estos sectores. Se precisa que podrán percibir simultáneamente del Estado pensión y remuneración.

Sin embargo, estos pensionistas no podrán realizar trabajos de apoyo en áreas de seguridad ciudadana y seguridad nacional, así como sus respectivas modificatorias. Los demás cargos de servidores y funcionarios públicos, así como de confianza o de elección popular sí quedan permitidos.

La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones y del presidente del Consejo de ministros, Aníbal Torres Vásquez.

El ministro de Defensa, José Luis Gavidia, destacó esta norma, al precisar que se “demuestra que trabajando juntos se pudo haber resuelto este problema que teníamos por décadas, que por una mala interpretación de la ley no permitía que los pensionistas de las FF.AA. y PNP puedan seguir trabajando en razón que de hacerlo tenían que renunciar a su pensión”.

Gavidia precisó que esta norma es un reconocimiento para las Fuerzas Armadas y policiales, corrigiendo un problema existente. “Creo que el país gana, gana esa experiencia tan grande que tienen y las generaciones venideras podrán seguir aportando hasta que la salud y el cuerpo nos dé”, finalizó.

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