Opinión

La trampa de las amnistías

Por: Juan Carlos Liendo O’ Connor

Las FF. AA. y la Policía no requieren amnistías cuando el Estado de Derecho funciona; si la ley protege por igual a todos —incluidos militares y policías— y no se usa como arma ideológica ni herramienta política, la amnistía es innecesaria. Bajo este criterio, las acusaciones e investigaciones por los hechos violentos del 2022–2023 resultan tan injustas como inconsecuentes.

Ayacucho: las muertes ocurrieron durante un Estado Constitucional de Excepción, donde el Ejército asumió el control del orden interno porque la Policía había sido sobrepasada. Cualquier presunto delito debería ventilarse en el fuero castrense, conforme al Código de Justicia Militar. Someter a soldados al Código Penal ante fiscales y jueces civiles —más aún con índices de contaminación ideológica— es injusto y perverso. La justicia civil tutela la vida y los derechos de las personas; mientras la justicia militar protege la disciplina, fundamento del empleo eficaz de la fuerza; las FF. AA. no actúan por orden judicial, sino por mandato político del presidente.

Puno: el Estado de Emergencia buscó habilitar a la Policía frente a graves desmanes, pero su actuación se rige por los códigos Civil y Penal y, como regla, exige orden judicial. Ordenarle cumplir su labor por orden presidencial “por encima de la ley” crea un híbrido policial-militar inexistente y la subordina al poder político. La Constitución es clara: el Estado de Emergencia procede cuando la Policía ha sido sobrepasada y, entonces, las FF. AA. asumen el restablecimiento del orden interno; en ese escenario, la Policía actúa como fuerza auxiliar de las FF. AA. bajo conducción y jurisdicción militar. No existe en forma pura una justicia “militar-policial”.

Lo que la tardía, pero justa y necesaria amnistía de militares y policías que combatieron al terrorismo entre 1980 y el 2000, insistió en unas décadas más aún abierto el conflicto, activó a los jueces, fiscales y ONGs que por décadas sólo sembraron odios y rencores bajo el paraguas de supuestos derechos humanos o los DDHH, distrae la solución y olvida las consecuencias y heridas de las vidas perdidas —incluidos los soldados asesinados y policías desaparecidos—. El Eterno, caso que nadie quiere mirar… Si se busca justicia para militares y policías, deberá exigirse la plena vigencia del Código de Justicia Militar en los casos de muertes ocurridas en Estados de Excepción y no intentar blanquear al Ejército, al subordinarlo bajo una justicia civil o un fuero híbrido. En un Estado Republicano, como Jefe Supremo de las FF. AA., el presidente carga con esa responsabilidad.

La aplicación irrestricta de una justicia militar, garantiza disciplina, independencia frente al poder político, seguridad jurídica a los uniformados y eficacia en la defensa nacional. Todo lo demás, son cuentos y ardides de los que hoy buscan una amnistía en la ilusión de la impunidad.

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