Opinión

La piel como lienzo, la ley como reto

Por: Tullio Bermeo Turchi

Cada vez son más los famosos que presumen orgullosos sus tatuajes. Futbolistas, cantantes, actores de cine y hasta figuras de la política los muestran como parte de su identidad. Sin embargo, detrás de esos diseños que parecen simples adornos en la piel, existe un debate que crece cada vez más: ¿los tatuajes son obras sujetas a derecho de autor?

La historia demuestra que el tatuaje no es una moda reciente. Hallazgos arqueológicos revelan que el ser humano lleva más de 5 200 años tatuándose. Lo que antes tenía un valor ritual o cultural, hoy se ha convertido en una forma de expresión artística y personal. Y es precisamente en esa dimensión artística donde entra en juego la propiedad intelectual.

El derecho de autor, en Perú y en la mayoría de países, reconoce a los creadores la propiedad sobre sus obras originales, ya sean literarias, musicales o plásticas. En ese marco, un tatuaje no es diferente de una pintura o un mural. Su creador, el tatuador, es quien plasma un diseño único que puede estar protegido por la ley. El punto de conflicto surge porque, a diferencia de un lienzo, el soporte de esta obra no es un objeto, sino una persona.

La Ley de Propiedad Intelectual es clara al señalar que comprar un soporte físico no implica comprar los derechos de explotación de la obra. Si alguien adquiere un cuadro, se convierte en dueño del lienzo, pero no del derecho de reproducirlo o comercializarlo. Lo mismo debería ocurrir con un tatuaje: el cuerpo luce la obra, pero el autor sigue siendo el tatuador. Esa distinción legal, que parece sencilla en teoría, se complica cuando hablamos de celebridades. ¿Qué ocurre cuando un deportista o un cantante aparece en campañas publicitarias, videojuegos o películas mostrando tatuajes diseñados por un artista? ¿Se trata de un uso legítimo o de una explotación de la obra sin permiso?

Casos mediáticos han puesto este dilema sobre la mesa. El boxeador Mike Tyson demandó a la compañía Warner Bros. porque en la película Resacón en Las Vegas 2 un actor aparecía con el mismo tatuaje tribal que él lleva en el rostro. El tatuador alegó que no le habían pedido autorización para reproducir su diseño en una superproducción de Hollywood. Por su parte, el futbolista David Beckham también enfrentó reclamos de uno de sus tatuadores, quien lo acusó de mostrar sus creaciones en campañas publicitarias sin haber cedido derechos.

Estos ejemplos revelan un vacío normativo que los especialistas en propiedad intelectual vienen advirtiendo: al tatuarse, ¿la persona cede implícitamente los derechos al tatuador o mantiene plena libertad para exhibir el diseño? ¿Hasta qué punto esa cesión es válida?

El tema no es menor. Los tatuajes forman parte de la identidad personal, pero al mismo tiempo son obras artísticas que generan beneficios económicos cuando se convierten en parte de una marca personal. Por eso, urge que las legislaciones aclaren este terreno para evitar conflictos cada vez más frecuentes.

En definitiva, el tatuaje no solo es arte en la piel: también es propiedad intelectual. Reconocerlo y regularlo es un paso necesario en un mundo donde la imagen vale tanto como la palabra escrita.

(*) Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Ucayali.

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba