Opinión

La nueva guerra de tronos en la Fiscalía

Por: Victor Andrés García Belaunde

Durante el gobierno del general Odría se dio la Ley N° 11771 del 16/2/1952 que en su artículo primero disponía que los miembros del Poder Judicial se jubilarán al cumplir los 70 años de edad, disposición que se mantiene hasta la actualidad. En aquel tiempo el Ministerio Público era parte del Poder Judicial del que era parte del sistema de justicia. La Constitución de 1933 vigente en la fecha lo demuestra cómo se puede advertir con la lectura de los artículos 222°, 223° y 224° donde se aprecia la igualdad entre jueces y fiscales como parte de una misma institución. La dictadura militar en su segunda fase necesitaba eliminar magistrados que les eran incomodos y no se les ocurrió mejor idea que bajar el límite de edad para jubilar a los magistrados que no eran “revolucionarios”. Por ese motivo se dio el decreto ley N° 21354 de 16/121975 que señalaba el nuevo cese de funciones en los cargos, leyéndose en el artículo primero de la norma que: “Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la República cesarán al cumplir los 62 años de edad”.

Una vez eliminados los jueces que eran molestos a la dictadura, los militares tuvieron un nuevo problema: el económico, y como no eran cuidadosos con las reservas y el erario nacional, tuvieron que dar marcha atrás porque no había dinero para pagar a tantos cesados que cumplían 62 años en la administración de justicia, de manera que tuvieron que emitir el decreto ley N° 22015 de 6/12/1977 que derogaba el decreto ley N° 21354, de esta forma la Ley N° 11771 del gobierno de Odría, volvía a cobrar vigencia. Un antecedente de lo que hoy sucede en la Fiscalía de la Nación se dio en 1984 cuando a inicios de mayo de 1984 la Junta de Fiscales Supremos en un comunicado señalaron que el Fiscal de la Nación Miguel Cavero Egúsquiza estaba inhabilitado para continuar en el cargo por cumplir la edad para su jubilación el 8 de mayo de aquel año.

Ante la intención de Cavero Egúsquiza de quedarse como Fiscal de la Nación y como Fiscal Supremo, el Congreso promulgó la Ley N° 23836 del 22/5/84 que disponía que el Fiscal de la Nación y los miembros del Ministerio Público cesaban en sus funciones cuando cumplían los 70 años. Este es un antecedente de lo sucedido en la anterior composición de la JNJ cuando Inés Tello vía informe interno logró quedarse más del tiempo de lo que la ley señala. Cavero Egúsquiza ante la ley se va; Tello de Ñeco con tinterilladas se quedó.

La JNJ ha defendido su resolución en un extenso comunicado y la Fiscalía de la Nación mantiene su postura de no reconocerlo y ya ha respondido con vigilias, velas, funcionarios obsecuentes, trabajadores que no quieren perder su puesto y un largo etc. Mientras tanto, Odebrecht avanza en quedarse con Olmos; LAP nos presenta un aeropuerto que parece un depósito; la inseguridad ciudadana crece mientras fiscales ideologizados dejan libres a delincuentes y persiguen a políticos; se deja ir al llamado “monstruo” y a otro denominado “cuchillo”, mientras que por una alerta se detiene a Pedro Pablo Kuczynski que no tenía en ese momento impedimento alguno; en todo este desorden con interpretaciones antojadizas solo se pretende evitar cumplir con un mandato de la JNJ por quienes están llamados a defender la legalidad tutelados por el derecho.

En este desgobierno hemos visto el allanamiento de la sede del Ejecutivo; el allanamiento del hogar de la presidente de la república; se ha repuesto a una fiscal destituida por el Congreso; por acciones judiciales también se repusieron a cuestionados miembros de la JNJ y todo esto en base al mismo grupo de fiscales supremos que ha permitido todo este desmadre de no respetar las facultades inherentes de los poderes públicos ¿Se siente intocable la señora Delia Espinoza y aquellos que la acompañan?

(*) Abogado y excongresista.

 * La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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