Opinión

La historia pudo ser otra

Por: Ántero Flores-Aráoz Esparza

El Tribunal Constitucional acaba de resolver en forma positiva y por mayoría de votos el hábeas corpus planteado por la abogada Giuliana Loza a favor de su patrocinada Keiko Sofía Fujimori Higuchi, por el famoso caso conocido como caso “cocteles”, en el que intervinieron como representantes del Ministerio Público los fiscales José Domingo Pérez y Rafael Vela Barba.

Se le denunció, entre otras personas relacionadas con el partido político presidido por la señora Fujimori, por haber recibido donaciones de personas naturales y jurídicas como colaboraciones de campañas políticas, pero se les imputó lavado de activos.

Entre los argumentos que llevaron al Tribunal Constitucional a fallar a favor de la procesada ex candidata a la presidencia de la República, estuvo que se había atentado contra su libertad personal, que los partidos políticos son vehículos para actuar en política y no para facilitar el lavado de activos. Asimismo, que se atentó contra el principio de legalidad y el plazo razonable, este último establecido en diversos tratados internacionales sobre Derechos Humanos, pero también porque la norma que sancionaba las donaciones en exceso fue posterior a las fechas en que se recibieron las donaciones.

Por otro lado, además de ser principio jurídico el que las leyes no tienen efecto retroactivo, salvo en materia penal cuando favorecen al imputado, este principio también está recogido por nuestra Constitución y Código Penal. La norma que crea la tipificación penal es de fines del año 2016, pero los hechos ocurrieron antes, tanto en el 2011 como a principios del 2016, lo que indiscutiblemente acredita el ilegal empleo de la norma sancionadora del delito.

Tratándose de la jefa de una agrupación política, además de haber sido varias veces candidata presidencial, y estando más que cantado que lo volverá a hacer en las elecciones generales del siguiente año, esto es, 2026, no podemos establecer si las denuncias penales a que se refiere esta columna de opinión influyeron o no en las decisiones del electorado.

Lo más probable es que sí incidieron, pero negativamente, pues quienes quizás simpatizaban con la señora Fujimori para presidenta de la Nación se vieron cohibidos de hacerlo y emitieron su voto por otro candidato.

A su vez, ahora que se levantó toda posibilidad de ser sancionada la posible candidata Keiko Sofía Fujimori, no sabemos si ello redundará en que el próximo año pueda tener una votación mayor que la que tuvo en procesos electorales precedentes.

Las denuncias contra la señora Fujimori pudieron cambiar la historia, como que también para el próximo año pudiesen variar las encuestas hasta ahora conocidas o los pronósticos de quienes se sienten expertos en materia.

(*) Expresidente del Consejo de Ministros.

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