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La comunidad jurídica no debe aceptar intervención de políticos

Por: Mario Amoretti Pachas

Ante las declaraciones de Jaime Villanueva, que menciona que le consta cómo determinados funcionarios y servidores públicos se encuentran inmersos en hechos delictivos; tenemos que, de acuerdo a nuestro procedimiento, a lo resuelto por el Tribunal Constitucional y las Salas Penales de la Corte Suprema, basta “una simple sospecha” para que la fiscalía inicie las investigaciones.

Solamente cuando se solicita detención preliminar o prisión preventiva, se requiere la corroboración de lo que afirma el aspirante a colaborador. De tal manera, que nos llama la atención que hasta la fecha no se haya dispuesto el inicio de la misma.

Observamos que integrantes del Congreso y del Poder Ejecutivo, en principio, nombraron comisiones para “reformar el sistema judicial”. Ahora, un congresista presenta un proyecto de ley, a todas luces inconstitucional, pretendiendo cesar a todos los fiscales supremos, sin proceso alguno. Recordemos, esto sucedió en épocas de dictadura de Velasco Alvarado y Fujimori.

Pedimos que la comunidad jurídica no lo permita, no solamente cuando se trata de vulnerar derechos constitucionales, sino que los políticos no deben intervenir en el sistema judicial. Pretenden basarse en las declaraciones de Villanueva, para sustentar su proyecto y pedidos de “reforma judicial”.

Estamos frente a cortinas de humo, que se han incrementado en estos últimos días, en las que prácticamente, nos tienen con titulares de los medios de comunicación sobre lo que ha declarado Villanueva como aspirante a colaborador. Esta declaración es expresamente reservada, en las que interviene, el fiscal, el aspirante a colaborador y su abogado, nadie más.

Pero estamos en el Perú en el que lamentablemente impera la impunidad de algunos malos políticos, que desgraciadamente no son pocos. A todo agregamos que los fiscales encargados de dar inicio a las investigaciones, por presuntos hechos que se están dando a conocer y que su Ley Orgánica y el CPP, los obliga a intervenir de oficio, esto es sin denuncia previa, porque de acuerdo a sentencia dictada por el TC y Salas Penales de la Corte Suprema, el fiscal debe dar inicio a la acción o investigación, al tomar conocimiento de la comisión de un delito y para hacerlo basta una simple sospecha.

Sin embargo, como repito, no se toma en cuenta estas sentencias, en las que se dispone que, ante la omisión del fiscal de dar inicio a una investigación, incurre en los delitos de prevaricato e incumplimiento de sus funciones y en otros casos, si lo hacen. Asimismo, es lamentable, que basados en simples fotocopias de “pantallazos”, o es, desconocimiento o lo hacen dolosamente, sin haber incautado el celular, lacrarlo y luego disponer una diligencia de visualización. Pero lo más grave, es que ha sido utilizado por la Junta Nacional de Justicia, para suspender a la Fiscal de la Nación, es decir, una prueba ilegal.

(*) Exdecano del CAL

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