Opinión

El Caballo de Troya y la democracia (III)

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

La reelección de los caudillos pasa necesariamente por un cambio constitucional. Tal fue el caso del artículo 112 de la Constitución Política de 1993, actualmente en vigencia, que sustituyó a la Constitución Política de 1979, pues en su redacción original canceló la prohibición de la reelección presidencial inmediata -establecida en el artículo 205 de la Constitución de 1979-, estableciendo durante el régimen de Alberto Fujimori la reelección inmediata, toda vez que siendo el periodo presidencial de cinco (5) años, se estipuló que el Presidente de la República puede ser reelegido de inmediato para un periodo adicional, lo que posibilitó a su vez la primera reelección de Alberto Fujimori para el periodo 1995 a 2000, y la segunda reelección consecutiva para el periodo 2000 a 2005, por obra y gracia de una “interpretación auténtica” del Congreso de la República de ese entonces, reelección que no terminó su periodo por la renuncia de Fujimori después del escándalo de los “vladivideos” propalados por primera vez el 14 de septiembre del año 2000.

En ese sentido, no fue la Constitución Política de 1979 -aprobada mediante una Asamblea Constituyente luego de un gobierno militar de facto- la que introdujo la reelección inmediata del Presidente de la República, sino la Constitución Política de 1993, como acto reflejo de un gobierno electo democráticamente que posteriormente dio un golpe de Estado al Poder Legislativo y al Poder Judicial, convirtiéndose en un gobierno de facto, en dictadura material, al punto que solamente dejó el poder por el escándalo de los videos cuando ya había iniciado el tercer periodo consecutivo de gobierno ejecutivo.

Si bien el artículo 112 de la Constitución Política del Estado fue modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27365, publicada con fecha 5 de noviembre de 2000, en la medida que prohíbe y/o descarta expresamente la reelección presidencial inmediata, ello no cancela lo que fue el gobierno de Fujimori: un régimen dictatorial, de tendencia política conservadora -comúnmente conocido como de “derecha”-; pero dictadura al fin de cuentas, que se desmoronó como la mayoría de dictaduras: al ritmo de escándalos públicos que hacían inviable su continuación.

Las dictaduras son lo que son: dictaduras, al margen de su vertiente ideológica. Por ello, Juan Velasco Alvarado, al igual que Francisco Morales Bermúdez Cerrutti, fueron dictadores, porque presidieron juntas militares que dieron golpe de Estado a un gobierno democráticamente elegido y un golpe de Estado dentro de la misma composición de gobernantes militares, respectivamente.

Una dictadura de tendencia marxista -conocida comúnmente como de “izquierda”- también busca afectar y atacar la prohibición de la reelección presidencial inmediata, bajo el pretexto de darle mayor estabilidad al sistema político

(*) Analista político

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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