Desde el 21 de octubre puedes retirar hasta S/ 21,400 de las AFP
La SBS aprobó el procedimiento para que afiliados puedan acceder a las 4 UIT
A partir del martes 21 de octubre los afiliados al Sistema Privado de Pensiones pueden presentar su solicitud para el retiro de hasta S/ 21,400 (4 UIT) de sus fondos de pensiones acumulados en sus cuentas individuales de capitalización.
Así lo estableció la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tras la aprobación del procedimiento operativo para el retiro establecido en la Ley N° 32445.
Según la norma, el afiliado debe presentar una solicitud de de retiro en un plazo de 90 días calendario, contados desde la entrada en vigencia del procedimiento operativo (21 de octubre). Dichas solicitudes podrán realizarse de manera física o virtual, según los canales que habilite cada AFP.
La AFP dispone la entrega de los fondos conforme al siguiente cronograma:
-Primer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue presentada la solicitud ante la AFP.
-Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue efectuado el primer desembolso.
– Tercer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue efectuado el segundo desembolso.
– Cuarto desembolso de hasta 1 UIT o el remanente del monto solicitado: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue efectuado el tercer desembolso.
En caso un afiliado desee desistir de su solicitud de retiro de los fondos de su CIC, puede comunicarlo a la AFP por única vez, hasta 10 días calendario antes de la fecha en que se haya programado cualquiera de los desembolsos.
La AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del treinta por ciento (30%) del monto de cada desembolso, conforme a lo dispuesto por la Ley.
Así lo estableció la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tras la aprobación del procedimiento operativo para el retiro establecido en la Ley N° 32445.
Según la norma, el afiliado debe presentar una solicitud de de retiro en un plazo de 90 días calendario, contados desde la entrada en vigencia del procedimiento operativo (21 de octubre). Dichas solicitudes podrán realizarse de manera física o virtual, según los canales que habilite cada AFP.
La AFP dispone la entrega de los fondos conforme al siguiente cronograma:
-Primer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue presentada la solicitud ante la AFP.
-Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue efectuado el primer desembolso.
– Tercer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue efectuado el segundo desembolso.
– Cuarto desembolso de hasta 1 UIT o el remanente del monto solicitado: En un plazo máximo de 30 días calendario, desde la fecha en que fue efectuado el tercer desembolso.
En caso un afiliado desee desistir de su solicitud de retiro de los fondos de su CIC, puede comunicarlo a la AFP por única vez, hasta 10 días calendario antes de la fecha en que se haya programado cualquiera de los desembolsos.
La AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del treinta por ciento (30%) del monto de cada desembolso, conforme a lo dispuesto por la Ley.
CRONOGRAMA (si registra su solicitud el 21 de octubre)
Primer desembolso 1 UIT (S/ 5,350) 20 de noviembre.
Segundo desembolso 1 UIT (S/ 5,350) 20 de diciembre.
Tercer desembolso 1 UIT (S/ 5,350) 20 de enero de 2026
Cuarto desembolso 1 UIT (S/ 5,350): 20 de febrero de 2026



