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COVID-19: Descanso médico se reduce a siete días para personas vacunadas

Trabajadores con síntomas no requieren resultado de prueba para realizar aislamiento

El Ministerio de Salud (Minsa) redujo a siete días el periodo aislamiento para los pacientes COVID-19 que hayan completado el esquema de vacunación (3 dosis) y que no padezcan comorbilidades.

Mediante una resolución, se aprobó que, en las personas infectadas “sin factores de riesgo, el aislamiento se mantendrá hasta siete días, en este último caso, transcurridos desde la fecha que se tomó la muestra para PCR o prueba de detección de antígeno para diagnóstico”.

La medida se anunció días después que el ministro de Salud, Hernando Cevallos, asegurara que no es necesario periodos muy largos de aislamiento para la variante ómicron en las personas que tienen una correcta vacunación.

Además, las personas que cuentan con un familiar confirmado o sospechoso de COVID-19, sin vacunación completa, deberán cumplir un aislamiento de siete días. Este puede reducirse a cinco en caso se cuente con una prueba negativa.

Con respecto al sector laboral, el Minsa también difundió un nuevo comunicado en el que se especifica que los trabajadores con sintomatología COVID realicen su aislamiento comunitario sin necesidad de presentar una prueba molecular o antígena, o la entrega de algún documento que otorgue el descanso médico.

Asimismo, los ciudadanos que retornen a sus centros de trabajo luego del período de descanso deberán presentar su constancia, la cual puede ser expedida por la Línea 113, la plataforma Teleatiendo del Minsa o un médico particular.

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