Consideraciones sobre la legalidad y la intromisión internacional en el caso Pedro Castillo
Por: Luis Miguel Iglesias León

Analicemos dos temas; el primero, la protesta ante la interferencia ideologizada internacional:
En efecto, el reciente pronunciamiento del Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que ha calificado de irregular el proceso contra el exmandatario Pedro Castillo Terrones, constituye una flagrante e impertinente interferencia en los asuntos del país; en nuestra jurisdicción interna.
Este órgano administrativo de la ONU actúa bajo un sesgo ideológico evidente y evade de manera arbitraria los fueros nacionales y, lo que es peor aún, menoscaba con esta grosera actitud, la soberanía del sistema de justicia peruano.
La opinión de dicho grupo de trabajo ignora al propósito, la realidad de los hechos: el arresto de Pedro Castillo no fue un acto de persecución política ni un procedimiento al margen de la ley; fue una detención en flagrancia.
Castillo amenazó nuestra democracia: irrumpió el orden constitucional mediante la lectura televisada de un comunicado, con esto anunciaba un golpe de Estado en vivo y en directo.
Calificar esta detención como arbitraria, u obviar el posterior proceso de vacancia ejecutado conforme a los mecanismos constitucionales del Congreso de la República, no solo es un despropósito, sino una ofensa directa a la institucionalidad democrática de los peruanos.
Los organismos internacionales deben ceñirse estrictamente a los marcos de respeto mutuo, sin pretender convertirse en instancias de revisión política orientadas a favorecer a personajes de una afinidad ideológica compartida.
El segundo; la actuación de un tribunal democrático: Frente a este despropósito internacional que pretende distorsionar la realidad procesal, la respuesta institucional de nuestro país se sustenta firmemente en las garantías del debido proceso y en las resoluciones emitidas por tribunales democráticos e independientes.
El proceso judicial que derivó en la condena por el delito de conspiración penal ha estado bajo la conducción rigurosa y técnica del Poder Judicial, destacando la actuación de magistrados de probada trayectoria, como es el caso del magistrado José Neyra Flores, un juez democrático, institucionalista de carrera, profesor universitario de derecho penal y exjuez disciplinario en la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA).
La presencia de jueces con este perfil en la judicatura peruana garantiza que las decisiones adoptadas gocen de absoluta certeza jurídica.
A diferencia de lo que señala este aparatoso lobby externo, las audiencias públicas fueron transparentes, rigurosas y transmitidas en tiempo real, respetando de manera irrestricta los derechos de defensa y de contradicción que la ley reconoce a todo procesado; más bien, observábamos una conducta reprochable y malcriada del procesado Castillo; se preparaba para este tipo de lances.
Por lo tanto, cualquier intento político o gubernamental de instrumentalizar un pronunciamiento internacional no vinculante para justificar una figura de indulto carece de sustento constitucional y penal.
La justicia en una democracia se ejerce en los foros de los tribunales y bajo los principios del derecho, no mediante el dribleo de argucias políticas ni presiones ideológicas foráneas.
(*) Abogado. Con estudios de especialización en Gestión Pública, Dirección y Planeamiento Estratégico.
