Opinión

¿Cómo es el proceso de interpelación?

Por: Víctor García Toma

Desde ayer estamos siendo testigos del primer procedimiento de interpelación del actual Parlamento, y cabe explicar algunas cosas que la ciudadanía debería tener en cuenta.

La interpelación al ministro de Trabajo, Iber Maraví, se sustenta en sus pocas credenciales democráticas, en una serie de informes y atestados policiales que lo vinculan con grupos terroristas o, si se quiere, grupos que servían de fachada al movimiento Sendero Luminoso.

Esta formulación ha requerido que se le plantee un pliego interrogatorio del que hemos sido testigos ayer, interrogatorio que es similar al que se lleva a cabo en los procesos judiciales, vale decir que se plantea una pregunta y se contesta sí o no y, posteriormente, se justifica la respuesta. Luego de ello ha venido la sustentación oral en la que se han formulado las interrogantes que los parlamentarios han estimado pertinentes y, posteriormente, el Congreso de la República sometió a debate estas consideraciones.

Luego de todo esto, hay tres posibilidades en este panorama: la primera opción es que el Congreso de la República se sienta satisfecho con la absolución de las interrogantes planteadas y se dé por cumplido este proceso de control político.

La segunda posibilidad es que, por el contrario, tras la absolución de estas interrogantes no quede ninguna duda de que es inviable e impertinente la continuidad de este ministro en el gabinete y, en consecuencia, se pase a la moción de censura que será entre el tercero y el décimo día después de la sustentación de la interpelación.

Finalmente, el tercer paso y quizás el menos probable es que el ministro Maraví, luego de haber toreado todas las inquietudes de los congresistas, se estime con derecho a solicitar una cuestión de confianza que es una expresión de ratificación en el cargo.

Esperemos que, por el bien del Perú y de la democracia, este tema quede absuelto de manera expeditiva y rápida. El Perú requiere y necesita de ministros competentes -no es el caso del señor Maraví- de personajes que tengan alguna experiencia en el ramo (tampoco es el caso del señor Maraví) y, por último, que sea un ciudadano con credenciales democráticas y de afirmación de los derechos humanos, situación que desde nuestro punto de vista tampoco acredita el personaje en cuestión.

(*) Expresidente del Tribunal Constitucional

(*) Exministro de Justicia

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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