ActualidadLo último

Comercialización ilegal de pirotécnicos sería penada hasta con 10 años de cárcel

El juez de investigación preparatoria supraprovincial de la Corte Suprema de Lima, Walther Huayllani Choquepuma, explicó que quienes importen, transporten, vendan o utilicen cualquier tipo de productos pirotécnicos sin la autorización necesaria pueden ser condenados hasta con 10 años de prisión.

“Tiene un alto costo de consecuencias la comisión de este tipo penal porque afecta la seguridad nacional como la integridad de las personas”, expresó el juez.

Asimismo, anunció que dichos delitos previstos en el artículo 279-C del Código Penal amenazan la seguridad del país, por lo que, se han generado medidas drásticas con aquellos que no tienen derecho a fabricar, importar, exportar, almacenar, transportar, vender o utilizar fuegos artificiales y/o comercializarlos con menores de edad.

De acuerdo al artículo antes mencionado, la pena contra aquellos que incumplan con las indicaciones de las autoridades, podrían ser castigados desde 4 a 8 años de cárcel y un pago de 365 días multa, entre otras medidas.

“El Poder Judicial advierte a la sociedad que usar, comercialización ilegal de productos pirotécnicos y vender a menores tiene penas efectivas de cárcel”, agregó el magistrado.

“La ciudadanía debe saber que usar o vender un paquete o conjunto de productos pirotécnicos que no tengan autorización de Sucamec, es sancionado con privativa de prisión efectiva”, finalizó.

Related Articles

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

Back to top button