Opinión

Precisando conceptos: indulto o amnistía encubierta

Por: Ángel Delgado Silva

Ahora el radicalismo criollo de todo pelaje pretende la excarcelación del sedicioso Pedro Castillo. Lo ha agendado para resarcirse de la derrota electoral reciente y, por ende, mantener una iniciativa política huidiza. Como acostumbran, carecen de escrúpulos al recurrir a la panoplia de medios infames y falsos que sirvan al siniestro objetivo. El seudodocumento de las Naciones Unidas, sospechosamente aparecido, evidencia nítidamente su perfidia. Por supuesto, las marchas consabidas, las cuales, para cubrir su orfandad, juegan a la provocación policial con el ánimo de que les genere aquella muerte que los victimice.

Sin duda, la baza de este juego indignante es José María Balcázar, el mismo que, por incalificable torpeza de ciertos congresistas, funge como presidente de la República. Entonces, cabe utilizarlo —con su venia, claro está— como espolón de proa contra el orden constitucional, perforándolo con el despropósito de exculpar al golpista de toda responsabilidad y liberarlo. Además, la agencia requiere un discurso nutrido del proceloso mundo de las medias verdades (las peores mentiras, a la postre). Así simulará justificación jurídica y política.

El indulto es una gracia presidencial normada en la Constitución Política, pero su alcance remite a la pena solamente. Deja supérstite la culpabilidad que fuera dictada por el Poder Judicial antes de imponer sanción. Por eso, Balcázar no puede indultar al expresidente: ni su conducta dolosa ha sido establecida ni ha merecido condena aún. Deberá esperar que ello suceda. Solo así podrá indultarlo, es decir, perdonarle la cárcel y liberarlo, en conformidad con la legitimidad constitucional.

Si contra viento y marea se actúa en contrario, la garantía constitucional de independencia que “prohíbe a cualquier autoridad avocarse a causas pendientes en sede jurisdiccional” (inc. 2 del art. 139° de la Carta Política) quedaría vulnerada. Mas no solo eso: desnaturalizaría totalmente el indulto al investirlo del poder de eliminar la culpabilidad penal, facultad ajena a la remisión de la pena que solo le corresponde. Tal pretensión transustancia el indulto en amnistía, que es algo muy distinto, de otra naturaleza. La amnistía olvida los hechos criminales y limpia la responsabilidad. Va más allá del simple perdón penitencial. El beneficiado ya no registrará antecedentes penales o judiciales. Pero esta gracia estatal es competencia exclusiva del Congreso de la República. ¡Y Balcázar no tiene nada que hacer!

Una República en serio, bien constituida, no debiera permitir la añagaza “del gato por liebre”: un indulto trucho con alcances de amnistía. Menos a favor de un usurpador en potencia, tirano en ciernes, traidor a la democracia constitucional que lo hizo jefe de Estado. Tal debilidad moral, compasión de fruslería, alentaría a cualquier aventurero a repetir la penosa historia. (*) Abogado constitucionalista

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