Economía

Viudas y huérfanos de fonavistas incluidos en proceso de devolución

Conozca los requisitos para reclamar herencia dejada por aportantes

Las viudas y huérfanos de los exaportantes del Fonavi también serán incluidos en el proceso de devolución, según lo establecido en el proyecto de Ley 4702/2022, aprobado por la Comisión de Economía del Congreso.

“La Comisión Ad Hoc reconoce el derecho de devolución a sus herederos en caso del fallecimiento. Cuando el monto a devolver supere las 4 UIT (19,800 soles), se toman en consideración las normas de la materia en temas de sucesiones, requiriéndose tener el derecho inscrito en registros públicos”, señala la norma.

“Cuando el monto sea inferior a las 4 UIT, se requiere la documentación cierta que acredite la condición hereditaria de los beneficiarios y la declaración jurada de los mismos ratificando tal condición. Los documentos requeridos para acreditar la condición de herederos son:

☑️Declaración jurada simple de todos los herederos

☑️Partida de matrimonio

☑️Partida de nacimiento de los hijos.

Los familiares de los fonavistas pueden realizar sus trámites y consultas en las oficinas de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú del Jr. Rufino Torrico 889- oficina 210, Cercado de Lima; Av. Sáenz Peña N° 894 oficina 5 Callao; Jr. Faustino Sánchez Carrión 251, Independencia.

Cabe mencionar que, tras su aprobación en la Comisión de Economía, el proyecto 4702/2022 fue publicado en el portal web del Congreso y se espera que en los próximos días se agende su debate para su aprobación en el Pleno.

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