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UNMSM es incorporada al proceso de amparo

Con lo cual reconoce la validez de la sentencia a favor de la SUNEDU

Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundado el pedido de litisconsorte facultativo pasivo en calidad de parte demandada solicitada por la rectora Jeri Ramón.

Al incorporarse al proceso y adherirse a la apelación, laUNMSM reconoce la validez de la sentencia del Poder judicial.

El Segundo Juzgado de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución N° 20 de fecha 15 agosto, declaró fundado el pedido de incorporación al proceso de amparo, en calidad de demandada, solicitado por la rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), Jeri Ramón Ruffner de Vega.

Con esta decisión judicial, ahora que la UNMSM forma parte del proceso de amparo como litisconsorte facultativo pasivo, la universidad reconoce plenamente la existencia del fallo judicial del 19 de julio, favorable a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), que declara la inaplicabilidad de la Ley que modifica artículos de la Ley 30220, Ley Universitaria.

Asimismo, el Segundo Juzgado Constitucional declaró tener a la UNMSM por adherida al recurso de apelación presentado por el Congreso de la República. Es decir, la universidad no solo reconoce plenamente la existencia del fallo judicial, sino que también ha señalado que ésta y sus efectos le habrían causado agravio, incorporándose al proceso y sometiéndose a lo que resuelva la instancia superior. Por lo que, la universidad no puede insistir en su pretensión de desconocer los efectos de la sentencia judicial.

“La universidad respondió al oficio que le envió esta Superintendencia, argumentado que no era parte del proceso y que el pedido no tenía efecto legal. Hasta ese momento (16 de agosto) no era parte, pero ahora que lo es debe acatar la sentencia judicial y su actuación inmediata”, precisó el procurador de la SUNEDU, Mac Donald Rodríguez.

Como es de conocimiento público, algunas universidades participarán de la elección de dos representantes para integrar el Consejo Directivo de la SUNEDU, convocados por la UNMSM, pese a que la sentencia del Segundo Juzgado Constitucional de Lima declaró la inaplicabilidad de la Ley que modifica funciones de la SUNEDU y la elección del Consejo Directivo.

Esta Superintendencia reitera que continúa ejerciendo todas sus funciones establecidas en la Ley Universitaria, la cual busca el aseguramiento de la calidad de la educación superior en nuestro país.

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