Economía

Trabajadores no podrán laborar si no tienen tres dosis de vacuna anticovid

Aquellas empresas que permitan el ingreso de trabajadores sin las tres dosis contra el COVID-19 para laborar en forma presencial serán multadas con montos desde 2.63 UIT (S/ 12,098) hasta 52.53 UIT (S/ 241,638), anunció el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Según un cambio hecho en la disposición del reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, a través del Decreto Supremo N° 004-2022-TR, se indica que las empresas podrían cometer una infracción administrativa si no cumplen con la disposición.

“Es una infracción muy grave disponer, exigir o permitir el ingreso o la permanencia de personas para prestar servicios en los centros de trabajo, cuando no cuenten con las dosis de vacunación contra la COVID-19 exigida para la actividad laboral presencial, según la normativa vigente o, de encontrarse exceptuados, incumplir las condiciones y obligaciones previstas para dicho supuesto, conforme a lo establecido por resolución ministerial o norma que la sustituya Tampoco podrán laborar de manera presencial los trabajadores de empresas prestadores de servicios, o locadores de servicios, que no tengan las tres dosis.

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