SINEACE promueve la mejora de la calidad de la educación superior mediante sus acciones de supervisión
La supervisión del Sineace asegura el cumplimiento de la normativa que regula los procesos de acreditación y certificación, contribuyendo al ordenamiento y la calidad del sistema educativo.
Con el objetivo de resguardar el aseguramiento de la calidad de la educación superior técnica y universitaria, el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) dio a conocer las acciones de supervisión de los procesos de acreditación de la calidad educativa y de certificación de competencias profesionales realizadas a cargo de la Dirección de Supervisión e Instrucción (DSI), dependencia de línea encargada de verificar el cumplimiento de la Ley del Sineace, Ley 28740, su Reglamento y de la normativa conexa.
La labor de supervisión del Sineace es asegurar el cumplimiento del marco legal que regula los procesos de acreditación y certificación, contribuyendo al ordenamiento del sistema educativo y garantizando un servicio de calidad a la ciudadanía.
Al mes de julio de 2022, la DSI ha realizado 59 acciones de supervisión a 37 administrados, dentro de los cuales se encuentran Entidades Certificadoras Autorizadas, Agencias Acreditadoras Internacionales, Entidades Evaluadoras Externas, Empresas sin Autorización e Instituciones Educativas. En cuanto a las supervisiones, se realizaron 55 requerimientos de información y 4 atenciones de denuncias relacionadas con incumplimientos normativos.
Entre los principales incumplimientos se detectaron ofertas ilegales de servicios de acreditación educativa realizadas por particulares a diversas instituciones y programas educativos, siendo el Sineace la entidad que, en exclusiva y en ejercicio de sus potestades públicas, debe otorgar las acreditaciones de la calidad educativa en el país.
Así también se detectó la prestación de servicios de evaluación externa con fines de acreditación por parte de agentes no autorizados por el Sineace; y, en general, una aplicación distorsionada, por parte de diversos administrados, de las normas y criterios que deben regir el desarrollo de los procesos de acreditación de la calidad educativa y de certificación de competencias.
Es importante recalcar que el Sineace, mediante la Directiva N° 000004-2021-SINEACE/CDAH, Directiva de Supervisión y Atención de Denuncias, posee competencias para realizar funciones de supervisión, privilegiando un enfoque preventivo, y promoviendo la participación ciudadana a través de mecanismos para la atención de las denuncias relacionadas con acciones u omisiones que podrían constituir incumplimientos de obligaciones y/o afectaciones a las normas.
Si conoce alguna empresa que brinda servicios de evaluación externa sin autorización o de acreditación bajo cualquier modalidad, puede denunciarla ante el Sineace a través de la mesa de partes (Av. República de Panamá 3659, San Isidro), el Portal del Ciudadano, el correo electrónico denuncias-