Política

Sanción a candidatos que omitan información en su hoja de vida

JNE aprobó Reglamento de la Declaración Jurada de candidatos para las Elecciones

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el Reglamento de la Declaración Jurada de candidatos para las Elecciones Generales 2026. El reglamento consta de 31 artículos y una disposición complementaria final, con lo que deja sin efecto las resoluciones anteriores del 23 de noviembre de 2021 y las aprobadas el 18 de agosto de 2023 en el pleno del JNE. Todo ello fue publicado en una resolución extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.

Cada candidato debe consignar su DNI, datos personales, domicilio, organización política, cargo y circunscripción, experiencia laboral y estudios, trayectoria partidaria, sentencias firmes, si las hubiera, renuncias a otros partidos y declaración de bienes y rentas del último año fiscal. Por otro lado, si el remitente desea añadir información adicional pueden hacerlo, pero es opcional.

En caso de omitir información respecto a sentencias firmes por delito, incluyendo sentencias con reserva de fallo condenatorio, se le impondrá una sanción de exclusión de la carrera electoral hasta 30 días antes de la contienda. Además, el reemplazo del candidato sólo podrá efectuarse hasta antes del vencimiento del plazo para la presentación de la solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos.

En caso de llevarse a cabo la exclusión o se haya vencido el plazo para la misma, pero se ha determinado que hubo incumplimiento del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, los actuados serán remitidos al Ministerio público, donde correrá su propia investigación.

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