Regulan uso de tecnologías digitales en entidades públicas
Gobierno establece condiciones y requisitos en uso de tecnologías y medios electrónicos
El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley de Gobierno Digital, que tiene por finalidad regular las actividades de gobernanza y gestión de las tecnologías digitales en las entidades de la administración pública.
Se trata del reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, que normó la Ley de Gobierno Digital y estableció las disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo.
A través del decreto supremo 029-2021-PCM, refiere que este reglamento consta de ocho títulos, 21 capítulos, 121 artículos, 52 disposiciones complementarias finales, cuatro disposiciones complementarias transitorias, seis disposiciones complementarias modificatorias, y una disposición complementaria derogatoria.
También dispone su publicación en la Plataforma Digital Única para la Orientación al ciudadano y en los portales institucionales de los ministerios cuyos titulares lo refrenden, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
El reglamento comprende la identidad digital, interoperabilidad, servicios digitales, datos, seguridad digital y arquitectura digital, así como establecer el marco jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales en los tres niveles de gobierno.
Ello con observancia de los deberes y derechos fundamentales previstos en la Constitución Política del Perú y en los tratados internacionales de derechos humanos y otros tratados internacionales ratificados por el Perú.
Asimismo, establece las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, y los criterios, condiciones, mecanismos y plazos de implementación de la casilla única electrónica