Política

Poder Judicial rechaza la demanda de Villa Stein para anular la segunda vuelta

El Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda de amparo interpuesta por el expresidente del Poder Judicial, Javier Villa Stein, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), para que se declare nula la segunda vuelta electoral 2021.

Según los argumentos presentados por Villa Stein, se han vulnerado derechos fundamentales como el derecho de elegir a las autoridades y a la tutela procesal efectiva, los cuales se encuentran contemplados en la Constitución.

La sala recordó que el artículo 184 de la Constitución  indica que el JNE declara la nulidad de un proceso electoral, referéndum u otro tipo de consulta popular cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos emitidos.

Además, precisa que el artículo 364 de la Ley Orgánica Electoral señala que el JNE puede declarar la nulidad de las elecciones realizadas en cualquier distrito o en toda una provincia cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los dos tercios del número de votos válidos.

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