Oficializan pago de gratificación y CTS para trabajadores CAS

Gracias a la promulgación de la Ley N.° 32732, los trabajadores sujetos al régimen de CAS recibirán gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, además de acceder al beneficio de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Según la norma, el monto de la gratificación y CTS no podrá ser inferior a 300 soles, por lo que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante un nuevo decreto supremo, establecerá la forma y base de cálculo, las condiciones y demás disposiciones para su otorgamiento. Para el cálculo de la CTS, se considerará el tiempo de servicios contabilizado desde el inicio del contrato vigente.
En el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el financiamiento provendrá de los recursos autorizados en la propia ley, mientras que los gobiernos locales deberán asumirlo con cargo a su presupuesto institucional.
La norma también precisa las reglas sobre el descanso vacacional. Los trabajadores CAS mantienen el derecho a 30 días calendario de vacaciones remuneradas y, si el contrato concluye antes de completar un año de servicios, podrán recibir el pago proporcional de la compensación vacacional, calculado por dozavos y treintavos, siempre que hayan laborado al menos un mes ininterrumpido en la entidad.

