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Lima no estará en nivel de alerta extremo desde el lunes 15

Desde el domingo 21 no tendrá inmovilización obligatoria

El Ejecutivo oficializó nuevas disposiciones referidas al estado de emergencia nacional por la pandemia del covid-19, que estarán vigentes del 15 al 28 de marzo. Estas comprenden una nueva clasificación de las jurisdicciones de acuerdo al nivel de alerta de contagio de la referida enfermedad.

Lima Metropolitana pasará de nivel de alerta extremo al nivel muy alto desde el lunes 15 de marzo y desde el próximo domingo 21 ya no tendrá inmovilización obligatoria.

A través del Decreto Supremo 046-2021, publicado este sábado, se dispone que los domingos no se podrán usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo.

NIVEL DE ALERTA EXTREMO

Además, se establece que están en el nivel de alerta extremo las provincias de Abancay (Apurímac), Caylloma (Arequipa), Huaraz y Casma (Áncash), Huamanga, Cangallo y La Mar (Ayacucho), y Cajamarca y Cajabamba (Cajamarca).

En ese mismo nivel están Cusco y La Convención (Cusco), Chincha y Pisco (Ica), Jauja, Chupaca y Chanchamayo (Junín), Lambayeque (en Lambayeque),  Trujillo (en La Libertad), Barranca, Huaral y Huaura (Lima), Maynas (Loreto), Tambopata (Madre de Dios), Mariscal Nieto (Moquegua), Tacna (en Tacna), Coronel Portillo (Ucayali) y el Callao.

NIVEL DE ALERTA ALTO

Los departamentos de Piura y Huánuco se encuentran, en su totalidad, en el nivel de alerta alto, al igual que Amazonas, Huancavelica, Pasco, Puno, San Martín y Tumbes, y las demás provincias de todos los departamentos restantes que no se han mencionado se mantienen en el nivel de alerta muy alto.

En todos los departamentos mencionados la inmovilización social obligatoria nocturna se prolongará hasta las 04:00 horas, empezando a las 23:00 (para el nivel de alerta moderado), a las 22:00 (para el nivel de alerta alto) o a las 21:00 (en los niveles de alerta muy alto y extremo).

Asimismo, se dispone que los domingos no se podrán usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo.

Se autoriza, además, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en los departamentos con niveles moderado y alto, respetando las normas sanitarias vigentes, y se prohíbe el mismo en las de alerta muy alto y extremo.

En el decreto se suspende en el plazo citado el ingreso al país de extranjeros procedentes del Reino Unido, Sudáfrica y Brasil o que hayan realizado escala en esos países durante los últimos 14 días calendario.

AFOROS

En cuanto al desarrollo de actividades comerciales, se permite que en las jurisdicciones con nivel de alerta alto los casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados funcionen con un aforo del 40 %. Aquellas artes escénicas realizadas en espacios abiertos podrán tener un aforo de hasta 60 %.

En estas mismas jurisdicciones, esa proporción se aplicará a los restaurantes en zonas internas; mientras que los que funcionen al aire libre podrán usar hasta el 70 %. Las tiendas de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias podrán operar al 60 %.

Los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento y tiendas en general podrán funcionar con un aforo de 50 % y los templos religiosos tendrán un aforo del 40 %. Bibliotecas, museos, centros culturales y zoológicos operarán al 60 %;  los clubes y asociaciones deportivas al aire libre, al 50 %; y los bancos, al 60 %.

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