
Mientras se gane más dinero en puestos o cargos del Estado, que en puestos o cargos en el sector privado, resulta un tanto difícil, a ciencia cierta, asegurar que efectivamente una persona que dice tener vocación al servicio público realmente la tenga. Afirmar o sostener algo verbalmente es lo más fácil de lo que pueda haber. Lo relevante es la contrastación y la demostración en los hechos de lo que en teoría se afirma en todo orden de cosas.
Qué mejor que un criterio real y objetivo para determinar las auténticas vocaciones públicas, ante un contexto de un sector privado subdesarrollado en comparación con un sector público hipertrofiado. Y este criterio consiste precisamente en remuneraciones no superiores a las que se dan en el sector público.
Por eso es que cuando un abogado en ejercicio de cinco años de experiencia profesional afirma que quiere ser fiscal provincial o juez especializado por vocación, ello debe ser sometido a contrastación y corroboración, ya que la remuneración para tales cargos públicos sería superior a los veinte mil soles (S/. 20, 000) mensuales.
Si el abogado en su ejercicio de defensa libre gana un promedio mensual de cinco mil soles (S/. 5, 000), y afirma que quiere ser fiscal provincial o juez penal titular por vocación, y resulta que en estos cargos públicos se gana actualmente más de veinte mil soles, pues el hecho irrefutable es que el abogado en cuestión ya no quiere ganar al mes cinco mil soles, sino más de veinte mil soles; esto es, la realidad objetiva es que dicho abogado quiere ganar, postulando al cargo de juez o fiscal en referencia, más de cuatro veces más.
Y en ese ánimo de querer ganar una remuneración cuatro o cinco veces mayor no es precisamente fácil rastrear las vocaciones al servicio público.
En ese sentido, corresponde analizar si cuando el abogado defensor que gana al mes un promedio de cinco mil soles quiere ser un fiscal o juez penal -que gana más de veinte mil soles al mes- y dice que lo hace por vocación, en verdad lo hace por vocación al servicio público, pues el servicio que brindan los jueces y fiscales es de carácter público.
¿Qué mueve en realidad a tal abogado defensor a querer ser juez o fiscal titular?
La pregunta es completamente legítima, como necesaria para llegar a intentar una definición de la vocación al servicio público.
(*) Miembro suplente de la Junta Nacional de Justicia.
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