Opinión

La importancia del reconocimiento del mérito (IV)

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

Buscar el apoyo de partidos políticos para ser magistrado o miembro de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) es un sinsentido, así como no se encuentra dentro de los alcances y ámbitos propios de un concurso público de méritos. Los partidos políticos, con representación en el Congreso de la República, no tienen ningún papel ni participación en el nombramiento de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, como sí lo tienen en el nombramiento de los miembros del Tribunal Constitucional, del Defensor del Pueblo y del Contralor General de la República.

Pero el Congreso de la República no nombra a los miembros de la JNJ, sino que es la Comisión Especial mencionada anteriormente la que está encargada de la selección y nombramiento de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia, entre titulares y suplentes, que hacen un número de catorce (14) miembros en total.

Y es obligación funcional de los miembros de la Comisión Especial el nombrar a los magistrados de la JNJ con absoluta independencia e imparcialidad respecto a los poderes políticos encarnados por excelencia en el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo con su figura máxima como es el presidente de la República.

El hecho que los miembros del Tribunal Constitucional o el Defensor del Pueblo sean designados por un solo organismo o poder del Estado (Congreso de la República) no tiene por qué significar el fatalismo del sentirse agradecidos por el nombramiento porque también en esas designaciones políticas está presente implícitamente el reconocimiento del mérito, dado que resulta descabellado pensar que se puedan o deban elegir a los peores, por ejemplo.

El reconocimiento del mérito significa centralmente reconocer los talentos de las personas y su desarrollo profesional y personal que se expresa, por excelencia, a través de la Hoja de Vida (Currículum vitae), por lo que en este caso no interesa si los postulantes a determinado cargo público deban ser conocidos o recomendados, pues solamente se les conocerá al interior del mismo proceso de selección, desde el examen objetivo de conocimientos hasta la entrevista personal.

No interesa si los postulantes pertenecen a determinado club social, club deportivo, sociedad secreta o sociedad discreta, etc. Lo único que debe interesar es el reconocimiento del mérito y talentos de las personas, con independencia de su origen social, raza, condición económica, sexo, orientación sexual, etc.

El reconocimiento del mérito no es un lujo, sino una urgente necesidad.

(*) Miembro suplente de la Junta Nacional de Justicia

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