Economía

Herederos: Cobran aportes del Fonavi con declaración jurada

Deberá adjuntar una serie de documentos para acceder a este beneficio

La Ley 31008 que autoriza la devolución de aportes del Fonavi, reconoce el derecho a devolución a los familiares de los fonavistas fallecidos que pueden recibir este dinero solo con la presentación de su DNI y una declaración jurada.

En ese documento debe manifestar tener la condición de beneficiario y de no conocer a terceros con mayor o igual prioridad que él para solicitar el pago del beneficio del Fonavi, caso contrario debe detallar a los demás beneficiarios con igual derecho en la misma declaración jurada y adjuntar los documentos correspondientes según el vínculo con el fonavista y el beneficio económico calculado por la ST Fonavi al titular. La declaración jurada deberá estar completa, firmada y con huella dactilar del que la suscribe.

Además, deberá adjuntar en todos los casos la copia certificada de partida o acta de defunción (anverso y reverso) del beneficiario Fonavista fallecido con no más de 30 días calendarios de haber sido expedida por Reniec, municipalidades, entre otros, según corresponda.

Si el heredero requiere de un apoyo o es interdicto, su apoyo o curador debe suscribir la declaración, para lo cual deberá presentar el testimonio o copia legalizada de la escritura pública de designación de apoyo o copia certificada de la resolución judicial mediante la cual se nombró a la persona como apoyo (y la resolución que la declara aprobada), así como el certificado de nombramiento de apoyo o certificado literal de registros públicos de la partida electrónica donde corre inscrita la curatela. Los documentos expedidos por Registros Públicos no deben tener una antigüedad mayor de 10 días hábiles en Lima y 15 días hábiles en provincias.

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