Economía

¿Heredero del Fonavi? conozca el orden de prioridad de pagos

Cónyuge, hijos, los padres y hermanos también pueden cobrar

Los herederos de los exaportantes del Fonavi que ya han fallecido tienen derecho a cobrar el dinero con el que contribuyeron sus difuntos al desaparecido Fondo Nacional de Vivienda.

Para ello se ha establecido un orden de prelación que determina la prioridad de los familiares para reclamar dichos fondos. Este esquema busca asegurar una distribución equitativa y evitar conflictos entre los posibles beneficiarios. Cabe señalar que solo en el Grupo Reintegro 3 se ha incluido a más de 34,000 herederos de fonavistas que hubiesen cumplido 90 años al 31 de marzo del 2025.

En primer lugar, les corresponde cobrar al cónyuge o conviviente del titular. Si no hubiese cónyuge, les tocaría cobrar a los hijos del fonavista. En ausencia de cónyuge o hijos, los padres y hermanos del exaportante podrán reclamar la devolución de aportes.

En caso de no haber herederos en el orden anterior, la devolución se realiza según lo establecido en el testamento o, en caso de no haber testamento, según la ley de sucesión intestada.

Para reclamar la devolución, los familiares deben presentar: Cónyuge o conviviente: partida de matrimonio o certificado de unión de hecho.

Hijos: partida de nacimiento. Padres: partida de nacimiento del fonavista fallecido.

Hermanos: partida de nacimiento del fonavista fallecido y la de los solicitantes.

Otros: copia legalizada del acta notarial de sucesión intestada o el testamento.

Es importante verificar si el fonavista fallecido está en las listas publicadas por la Secretaría Técnica Fonavi (www.fonavi-st.gob.pe).

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